CCOO advierte de que la Isla pasará de tener 14 oficinas de Registro Civil a disponer de solo una

La Palma Ahora

Santa Cruz de La Palma —

El delegado del Sector de Administración de Justicia de la Federación de Trabajadores de La Palma de CCOO, Luis Saiz Arribas, en un comunicado, señala que, “en principio, el próximo día 15 de Julio de 2015, con un año de retraso a lo inicialmente previsto, entra en vigor la Ley 20/2011, de 21 de Julio del Registro Civil”.   Esta Ley, aprobada en la anterior Legislatura, advierte, “tendrá unas evidentes repercusiones en el día a día de la ciudadanía”. En el caso de La Palma, indica que “de disponer los ciudadanos de 14 Oficinas de Registro Civil (una por cada municipio radicadas en los juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Santa Cruz de La Palma y Los Llanos de Aridane y en los juzgados de Paz de los restantes 12 municipios) se pasaría a disponer de solo una, en tanto que es voluntad, reiteradamente manifestada por el actual Gobierno, de que sean los Registros Mercantiles los que asuman la llevanza del Registro Civil y éste se ubica únicamente en Santa Cruz de La Palma”.

Apunta que ello obligaría “a los ciudadanos a desplazarse, en ocasiones, decenas de kilómetros para obtener un certificado que hasta ahora obtenían en su propio municipio, pues, a partir 15 de Julio, los juzgados de Paz, no podrán expedir las certificaciones de nacimiento, defunción, matrimonio, como hasta ahora, pues la expedición de tales certificaciones, tal y como establece el artículo 81 de la Ley, le corresponde a la ya indicada única Oficina de Registro Civil que previsiblemente existirá en La Palma”. La expedición de “las certificaciones, preferentemente lo será, como señala el citado artículo, por vía telemática, lo que dificultará más si cabe los trámites a realizar por el ciudadano”.

Igualmente, subraya, “la nueva regulación del Registro Civil, caso de que sean los Registros Mercantiles los que asuman la llevanza del Registro Civil, impedirá que el servicio a prestar sea gratuito, como lo es en la actualidad, en tanto en cuanto, los registradores de la Propiedad y Mercantiles, no perciben sus retribuciones del Estado, sino que, al igual que los notarios, perciben sus ingresos de los aranceles que cobran a los ciudadanos y empresas por la práctica de los actos en que intervienen, que no son ingresos que luego sean transferidos al Estado sino que son ingresos del registrador”.

Añade que “dado que el personal que trabaja en los registros de Propiedad y Mercantiles no son funcionarios públicos sino que son empleados de los registradores de la Propiedad y Mercantiles, es de sentido común llegar a la conclusión de que es materialmente imposible que el servicio de Registro Civil a prestar a la ciudadanía por los registradores Mercantiles no vaya a suponer el pago de tasas y/o aranceles por parte de los usuarios”.

CCOO demanda “el mantenimiento del Registro Civil en el ámbito público y dentro de la Administración de Justicia y, por ello, el Sector de Administración de Justicia de CCOO ha comenzado a recoger firmas para la tramitación de una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) para que el Congreso de los Diputados debata una proposición de Ley que paralice la llevanza del Registro Civil por los registradores Mercantiles y garantice la gratuidad en las actuaciones del Registro Civil, como hasta ahora, incluidos los procedimientos registrales, dentro del ámbito de la Administración de Justicia”, se expone en la nota de prensa.                                

En el Registro Civil, explica, “se inscriben los hechos concernientes al estado civil de las personas y aquellos otros que determina la Ley. Tales son, por ejemplo, el nacimiento, la filiación, el nombre y apellidos, la nacionalidad, el matrimonio, el régimen económico matrimonial, la defunción, la incapacitación y tutela, es pues, un registro de los hechos vitales con trascendencia jurídica que afectan a una persona”.

La actuación “registral”, abunda, “incide directamente sobre derechos fundamentales tan relevantes como el derecho a la inscripción de nacimiento, derecho a la identidad, derecho al nombre, derecho a adquirir una nacionalidad, etc”.

Detalla que “el actual modelo de prestación de servicios del Registro Civil tiene una valoración general positiva superior al 80 % de los usuarios y en los pocos lugares donde existe una valoración ciudadana inferior, solo es debido al abandono de los medios personales y materiales en que ha dejado el Ministerio de Justicia al Registro Civil”.

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