Publicados los tres primeros reglamentos de la Ley del Suelo y Espacios Naturales

Panorámica de la costa del Norte de La Palma.

Efe

Las Palmas de Gran Canaria —

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El Reglamento de Planeamiento de Canarias, el Reglamento de Gestión y Ejecución del Planeamiento de Canarias y el Reglamento de Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística entrarán en vigor este 9 de febrero tras ser publicados hoy en el Boletín Oficial de Canarias.

Si bien la mayoría del articulado de la Ley del Suelo y Espacios Naturales Protegidos es de aplicación directa, los tres textos legales publicados hoy abordan aspectos específicos que requerían desarrollo reglamentario, destaca un comunicado de la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad del Ejecutivo canario.

El Reglamento de Planeamiento regula aspectos como la participación institucional y ciudadana, la cooperación entre administraciones, el contenido documental de los planes (en particular, del estudio económico-financiero) o el modo de cumplimiento de ciertos trámites, con especial atención al procedimiento de evaluación ambiental.

Para el desarrollo de este apartado, el reglamento contiene un anexo donde se establecen, por primera vez, los criterios y la metodología para llevar a cabo la evaluación ambiental de los instrumentos de ordenación; cumpliéndose así el mandato legal de que los criterios sean públicos, conocidos de antemano y lo más objetivos y reglados posible.

Por su parte, el Reglamento de Gestión y Ejecución del Planeamiento ahonda en el desarrollo del régimen jurídico e incorpora ajustes puntuales en cuanto a la documentación, la regulación de cuestiones organizativas que pueden ponerse en marcha para la actuación y que no implican obligación de creación de nuevos órganos o entidades y la regulación de las entidades de gestión urbanística, además de otros ajustes procedimentales.

El Reglamento sobre Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística regula al detalle los distintos procedimientos administrativos y sus garantías, completando aspectos puntuales pero trascendentes de la ley, en cuanto inciden sobre la buena actuación de la administración y sobre los derechos e intereses del ciudadano.

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