Un juzgado de Barcelona instruirá una presunta estafa en la compra de una casa en La Palma
El Tribunal Supremo (TS) ha ordenado a un juzgado de Los Llanos de Aridane que traslade a otro de Vic (Barcelona) la instrucción de una denuncia presentada por un vecino de la localidad catalana quien pagó 900 euros como adelanto por un piso en este municipio a una persona cuya cuenta corriente ha sido localizada en la localidad palmera.
En su momento, el Juzgado de Vic se declaró no competente para llevar el caso y la Fiscalía apoyó esta decisión en cuanto que fue en este lugar donde se recibió la denuncia e iniciaron las actuaciones por lo que estimaba conveniente que se remitiera el sumario al lugar en el que se abrió la cuenta y recibió la transferencia.
En la localidad catalana el denunciante aseguró que había sido víctima de una estafa informática tras contactar por whatsapp con una persona que le ofrecía un inmueble en su ciudad y para ello debía hacer una transferencia a un residente en Los Llanos de Aridane.
Posteriormente nunca se llevó a cabo la devolución del dinero ni pudo visitar la casa, tal y como le habían prometido, por lo que los primeros indicios apuntaban a que el vecino del municipio palmero habría sido el autor de la estafa, lo que dio lugar a que el Juzgado de Vic se inhibiese a favor del de esta última localidad.
Sin embargo, las investigaciones llevadas a cabo en La Palma plantean ahora que el presunto autor reside en el municipio tinerfeño de La Laguna.
La Guardia Civil de Los Llanos de Aridane llevó a cabo en su momento diversas indagaciones que concluyeron en la inexistencia del domicilio del denunciado en este partido judicial, por lo que en principio se consideraba que la causa debería ser instruida en el órgano judicial de Vic que inició la investigación.
El Supremo recuerda que la competencia territorial para el conocimiento de los delitos de estafa ha estado tradicionalmente relacionado con la teoría de la ubicuidad conforme a la cual cualquiera de los juzgados está en disposición de investigar el delito serían competentes para hacerlo.
No obstante, se opta por aquel que primero haya comenzado a instruir el procedimiento como criterio de otorgamiento de la competencia que en este caso sería el de la localidad catalana.
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