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El Supremo dice que un juzgado de La Palma debe instruir una posible estafa a un vecino de El Paso

Sede judicial de Los Llanos de Aridane. LA PALMA AHORA

Efe

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El Tribunal Supremo (TS) ha determinado que un juzgado de Los Llanos de Aridane es el competente para instruir la causa de un vecino de El Paso quien denunció ser víctima de una estafa por valor de casi 7.000 euros.

Este ciudadano, tras ponerse en contacto con una empresa domiciliada en Valladolid, acordó la compra de tres contenedores y con este fin hizo un ingreso de 6.450 euros por un lado y otro de 368,50, en dos entidades bancarias diferentes.

Sin embargo transcurrido el tiempo no recibió los contenedores ni le devolvieron el dinero y comprobó que la empresa vallisoletana, que oficialmente se dedicaba a la fabricación de yeso, no estaba operativa.

Una de las cuentas figura a nombre de una persona domiciliada en Rosas, partido judicial de Figueras, y la segunda reside en León, motivo por lo que el Juzgado de Los Llanos de Aridane se inhibió a favor de la primera de estas localidades por entender que los hechos se habían cometido en ese partido judicial.

Sin embargo, desde Figueras se rechazó la decisión al mantener que el engaño que caracteriza al delito de estafa tuvo lugar en el municipio palmero donde reside el denunciante, tal y como defendió también el Ministerio Fiscal.

El Supremo sostiene que no existe razón para que no sea así en cuanto que entre los elementos que definen esta infracción, se encuentra el engaño cuya víctima en este caso concreto reside en El Paso, de manera que sería el primer juzgado en el que se abrieron las diligencias en el que deben continuarse, según el TS.

Desde Los Llanos de Aridane, sin embargo, se mantuvo que la investigación sería más eficaz si se lleva a cabo en Figueras, por lo que la competencia debe recaer en los órganos judiciales de esta localidad catalana.

A lo que el Supremo responde indicando que en La Palma se estaría en mejores condiciones para instruir la causa puesto que allí se presentó el atestado policial inicial a raíz de la cual se impulsó una investigación por parte de la Guardia Civil.

Desde este cuerpo de seguridad se realizó un atestado policial informando que el equipo de La Palma ya había investigado una de las cuentas bancarias y efectivamente encontró indicios de que podría estar relacionada con el delito, después de que la denuncia inicial fuera presentada en su puesto de El Paso.

En el caso de Figueras la única referencia existente es el domicilio del titular de la cuenta bancaria a la que se transfirieron los casi 6.500 euros y otra en León donde se hizo lo propio con el resto de la cantidad supuestamente estafada.

Por ello, el Tribunal Supremo defendió que “respecto de ambos destinos el denominador común, dado que es desde donde se produce el desplazamiento patrimonial, sería el Juzgado de Los Llanos de Aridane, lo que implica una circunstancia más para mantener la competencia del mismo en este asunto”.

Por lo tanto, el Alto Tribunal a través de un auto que ya es firme, determina que el Juzgado palmero es el más adecuado para instruir este sumario, cuya resolución deberá ser luego comunicada al de Figueras y al Ministerio Fiscal.

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