El fiscal dice que Otegi llamó a apoyar a ETA y la defensa que actuó como portavoz político

Argala

Así lo indicaron en la vista pública celebrada en el Tribunal Supremo (TS), en la que el fiscal José María Álvarez pidió que se confirme la sentencia de la Audiencia Nacional que en 2006 condenó a Otegi por estos hechos a 15 meses de prisión y a 7 años y tres meses de inhabilitación por enaltecimiento del terrorismo.

La Sala -integrada por el presidente de la Sala de lo Penal del TS, Juan Saavedra, y por los magistrados Siro García, Juan Ramón Berdugo, Julián Sánchez Melgar y Carlos Granados- comenzó sus deliberaciones al acabar la vista y, según informaron fuentes del Alto Tribunal, no está previsto que hoy tome una decisión al respecto. Si el TS confirma dicha condena, Otegi podría ir a prisión, según fuentes jurídicas, si bien será la Audiencia Nacional la encargada de tomar la decisión.

La Audiencia Nacional condenó al portavoz de la ilegalizada Batasuna al considerar probado que tuvo una “participación muy activa” en el homenaje al dirigente etarra con motivo del 25 aniversario de su fallecimiento, el 21 de diciembre de 2003.

Una hora y media de vista oral

La abogada de Otegi, Jone Goirizelaya, sostiene que las manifestaciones que su patrocinado realizó en aquel acto las hizo como miembro del parlamento vasco y portavoz de un grupo parlamentario no disuelto y, según dijo, “disfrutando del pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos”. Por ello, Goirizelaya explicó a la Sala que a su juicio se han vulnerado los derechos de la libre expresión de ideas, participación ideológica y política, mientras que el fiscal aseguró que “lo que allí se realizó fue un homenaje a un dirigente de ETA militar”.

“¿Pero quién conocía a Argala como un dirigente político?”, preguntó el fiscal José María Álvarez, quien hizo hincapié en que el acto en el que participó Otegi fue un acto de enaltecimiento y una “llamada a apoyar y tener como válida la actuación de una organización terrorista y considerar natural que los terroristas anden por ahí queriendo imponer su criterio”. Durante la vista, que duró aproximadamente una hora y media, el fiscal indicó que en modo alguno se ha vulnerado el derecho fundamental a la presunción de inocencia ni el derecho a un juicio justo, a la libertad de expresión, participación ideológica y política, como sostiene la defensa.

El representante del Ministerio Público también indicó que no se puede considerar la actuación de Otegi amparada en la Constitución, puesto que la Carta Magna establece que esos derechos tienen un límite, que es que no se vulneren otros como el derecho a la vida y a la libertad de las personas. “Si se están enalteciendo actividades terroristas, se está atentando contra los derechos de otras personas”, añadió.

Además, alegó que la valoración que hizo la Audiencia Nacional “en modo alguno se puede considerar arbitraria, sino libre, racional y lógica sobre una prueba válida y lícita”. El fiscal también afirmó que “no se ha condenado a una persona por ser Otegi, sino una actuación concreta cometida por ese señor”, concluyó el fiscal, para quien no ha habido una aplicación selectiva del Derecho Penal, y, “si hubiera sido otro -dijo-, la sentencia sería la misma”.

Por su parte, la letrada Jone Goirizelaya discrepó al afirmar que “no se está condenando porque Otegi haya dicho unas frases, sino que se está condenando porque es el señor Otegi”, de quien aseguró lo que en todo caso se daría sería una “afinidad ideológica” con “Argala”. El ponente de la sentencia que emitirá la Sala de lo Penal es el magistrado Siro García

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