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Pide al TS que archive la causa contra él e insiste en sus razones para iniciar una investigación al franquismo

MADRID, 1 (EUROPA PRESS)

La defensa del juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón presentó hoy sendos escritos ante el Tribunal Supremo, que instruye una causa contra él por presunta prevaricación al investigar las desapariciones del franquismo. En el primero, Garzón insiste en las razones por las que se declaró competente para investigar este asunto y solicita el sobreseimiento de la querella, mientras que en el segundo se impugnan todas las pruebas solicitadas por los querellantes (el sindicato Manos Limpias y la asociación Libertad e Identidad).

La presentación de estos documentos responde al requerimiento realizado el pasado lunes por el magistrado que instruye esta causa en el alto tribunal, Luciano Varela, quien en los próximos días deberá decidir si practica las pruebas solicitadas por Manos Limpias y procesa a Garzón o si, por el contrario, insta el archivo de las actuaciones.

En el primero de sus escritos, de 31 páginas, la defensa de Garzón, que ejerce el abogado Gonzalo Martínez Fresneda, afirma que cuando su cliente recibió las denuncias de los familiares de represaliados solicitó a diversos organismos del Estado un informe sobre el número e identidad de los desaparecidos forzados en la Guerra Civil y en la primera posguerra. “Sorprendentemente, ningún órgano público pudo contestar su pregunta”, afirma.

Añade el letrado que, “por asombroso que pueda parecer, a día de hoy y en un país de la UE, ninguno de los organismos competentes de la Administración civil ni militar ni de la Administración de Justicia dispone de algo que se parezca, ya no a un censo de víctimas, sino de una cifra total de desaparecidos y muertos como consecuencia de la violencia desplegada por los sublevados de 1936 y sus partidarios”. Es decir, los crímenes cometidos “por los alzados” nunca han sido investigados ni sus víctimas reparadas, insiste.

Se defiende igualmente que el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 no ha dictado resolución injusta de ninguna clase (lo que supondría la prevaricación), así como en la legitimidad de la base fáctica (los hechos denunciados, que sin duda sucedieron) y dogmática (se cometieron hechos antijurídicos y culpables) de su actuación.

“No dudamos que para los querellantes populares -que muestran una inocultada coincidencia ideológica con los responsables de los crímenes masivos denunciados ante el Juzgado Central de Instrucción número 5- todas las decisiones adoptadas por mi mandante sean incómodas, e incluso injustas y merecedoras de sanción. Pero esto no basta para una querella”, dice el escrito.

Se insiste en la corrección jurídica del auto por el cual Garzón se declaró competente para investigar las fosas del franquismo, dictado el 16 de octubre de 2008. “Frente al recurrente sofisma de que 'sin responsable no puede haber proceso', habrá que contestar que sin responsable no hay condena, pero es obvio que puede haber proceso”, pues existen víctimas, según la defensa.

Además, Martínez Fresneda dice que los hechos denunciados describen la comisión, entre otros, de un delito contra las formas de gobierno, que es competencia de la Audiencia Nacional, y una responsabilidad que no ha prescrito debido a la naturaleza permanente de las desapariciones.

Se defiende también que Garzón no partiera del supuesto de que los desaparecidos fueron en realidad asesinados sin practicar diligencia alguna de actuación, pues esta cuestión no ha podido ser aclarada al juez por ninguno de los organismos públicos a los que acudió.

LEY DE AMNISTIA.

Respecto de la Ley de Amnistía de 1977, la defensa entiende que no era de aplicación a los hechos denunciados porque la situación ilícita derivada de las detenciones ilegales sigue vigente.

En este punto, el abogado de Garzón se refiere a la inaplicación de la Ley de Amnistía a otro caso investigado en la Audiencia Nacional, el de la desaparición en julio de 1976 del dirigente de ETA político-militar Eduardo Moreno Bergareche 'Pertur'. La causa es instruida por el juez de este órgano Fernando Andreu.

En cualquier caso, todos los razonamientos de Garzón hasta que se inhibió de la causa el pasado mes de diciembre son, según la defensa “discutibles en Derecho (...) pero responden a la convicción judicial de mi mandante, apreciada en conciencia”.

Además, otros jueces se han mostrado coincidentes con los criterios de Garzón, como los de Granada y El Escorial (Madrid) -que rechazan ser competentes y piden que las actuaciones vuelvan a la Audiencia Nacional-, y tres magistrados de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que se opusieron a declaran la incompetencia del magistrado sobre el caso.

PRUEBAS DE LOS QUERELLANTES.

Respecto de las pruebas solicitadas por los querellantes, el segundo escrito de la defensa de Garzón pide al Supremo que rechace practicarlas “por ser innecesarias y perjudiciales, en cuanto ajenas al objeto de esta causa”.

Manos Limpias ha pedido a la Sala de lo Penal del Supremo tenga en cuenta el contenido de una ponencia pronunciada por Garzón el 24 de junio de 2008 en la que éste criticó a la ONU por su Convención sobre Desaparición Forzada de Personas.

Igualmente, los querellantes pidieron que se exhorte al presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Javier Gómez Bermúdez, o bien al Decanato de los Juzgados Centrales, para que remitan testimonio de las normas de reparto en la Audiencia Nacional, así como copia del libro de registro de entrada de la querella que dio lugar a la investigación de Garzón. Tratan de comprobar si el sumario sobre las desapariciones durante el franquismo correspondía efectivamente a Garzón.

A este respecto, el abogado de Garzón afirma que “el reparto de denuncias presentadas ante la Audiencia Nacional no ha sido manipulado, y quien alce semejante sospecha debe formular expresamente la misma”.

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