Piden al TS declarar organizaciones terroristas a Jarrai, Haika y Segi

La Fiscalía y la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) pidieron este jueves a la sala de lo penal del Tribunal Supremo (TS) que declare que Jarrai, Haika y Segi son organizaciones terroristas y no meras asociaciones ilícitas como consideró la Audiencia Nacional en una sentencia hecha pública en junio de 2005.

Así lo pusieron de manifiesto la fiscal de Sala Pilar Fernández Valcarce y el abogado de la AVT, Emilio Murcia, en la vista pública celebrada este jueves de los recursos interpuestos por ellos y por las defensas de los condenados contra la sentencia de la Audiencia Nacional que condenó a 24 miembros de dichas organizaciones por un delito de asociación ilícita, pero no por terrorismo.

Tras la vista, que duró alrededor de cinco horas entre las sesiones de la mañana y la tarde, el tribunal, integrado por el presidente de la Sala de lo Penal del TS, Juan Saavedra, y los magistrados Francisco Monterde, Joaquín Giménez García, Andrés Martínez Arrieta y Miguel Colmenero, estuvo deliberando cerca de una hora y media, deliberación que previsiblemente continuará este viernes.

La Audiencia condenó a 3 años y medio de prisión a 16 integrantes de estas organizaciones “en su condición de dirigentes” y a 2 años y medio de cárcel a otros 8 “miembros activos”, absolvió a 4 más y ordenó la disolución de Jarrai, Haika y Segi “en tanto asociaciones ilícitas que son”, pero aseguró que no pueden ser consideradas terroristas porque aunque sus actuaciones persigan los mismos fines que ETA “nunca se enmarcaban en la utilización de armas”.

En la vista, la fiscal reconoció que la pretensión del ministerio público es “obtener de la Sala un pronunciamiento sobre un tema que tiene enorme incidencia no sólo en esta causa, sino en otras” -como puede ser el macrojuicio que se está celebrando en la Audiencia Nacional contra el entorno de ETA-, y destacó que se trata de organizaciones terroristas pues “todas sus acciones tienen como finalidad complementar la lucha armada que desarrolla ETA”.

“Con la finalidad, según dice el factum de la sentencia, de atentar contra el orden público establecido, con entidad suficiente y evidente para producir terror en la sociedad y un rechazo de la colectividad, por su gran incidencia en la seguridad ciudadana, que supone un ataque al conjunto de la sociedad democrática y constitucional del Estado de Derecho”, dijo.

Según explicó, un repaso de la jurisprudencia del TS y del Tribunal Constitucional “en supuestos ajenos en todo caso al binomio ETA=banda armada terrorista permite constatar que el concepto terrorismo, grupo u organización terrorista no siempre se identifica con el de banda armada como hace la sentencia recurrida, sino que es la naturaleza de la acción cometida, la finalidad perseguida con esa actuación, la que determina el carácter terrorista o no de la misma”.

La fiscal, que reclama que el Supremo aumente a 10 años las penas de los condenados, aseguró que las tres organizaciones juveniles despliegan una actividad complementaria a la de ETA mediante la utilización de artefactos incendiarios, daños, coacciones y amenazas, y aseveró que “la actividad desplegada” por Jarrai, Haika y Segi es “diseñada, coordinada y controlada por ETA”.

Además, recordó que en el seno de la Koordinadora Abertzale Sozialista (KAS) se constituyó en 1978 Jarrai -que posteriormente se llamará Haika y después Segi- y “siempre desarrolló algún tipo de violencia callejera como complemento a la estrategia de ETA”.

Según dijo, desde la disolución de KAS la función de control de ETA sobre las formas de violencia complementarias de la “organización armada” fueron asumidas por Ekin y la organización de los actos de “kale borroka” también fue ordenada por Segi.

En su informe la fiscal relata que entre el 6 de enero de 1992 y el 5 de marzo de 1999 se registraron 6.263 acciones de “kale borroka”.

Por su parte, el letrado de la AVT, Emilio Murcia, hizo hincapié en que Jarrai, Haika y Segi “son organizaciones jerarquizadas, dependientes de ETA y con permanencia” y manifestó que “el terrorismo no es sólo llevar armas y colocar un coche bomba y matar a personas, sino la creación de alarma y de inseguridad”.

Uno de los abogados defensores de los condenados -que reclaman la absolución de sus patrocinados-, Iñigo Iruin, destacó que “ninguno de los condenados lo han sido por participar en hecho delictivo alguno de 'kale borroka'”.

Iruin aseguró que no está probado que los 6.263 actos de violencia callejera hayan sido organizados con participación de miembros de Harrai y Haika y subrayó que “aquí no se ha encontrado armamento de ninguna naturaleza a los 24 condenados”.

“No es lo mismo quemar un cajero que matar a un hombre”, concluyó el letrado.

Durante la sesión de la mañana también intervino el letrado Iker Urbina, que defiende a 7 de los condenados, quien al igual que Iruin afirmó que no existe prueba de cargo alguna para condenarles.

La letrada Arantza Zulueta, que intervino por la tarde, consideró que “no existe prueba” para mantener el relato de hechos de la sentencia de la Audiencia Nacional y, sin embargo, dijo, “sí hay prueba de descargo que señala que Jarrai, Haika y Segi tienen una actividad lícita dentro del campo juvenil”.

La vista, a la que asistieron representantes de la Asociación Dignidad y Justicia, comenzó con media hora de retraso después de que el abogado de la AVT manifestara a la Sala que no le habían notificado los recursos interpuestos por las defensas.

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