La Audiencia deniega la suspensión de la ejecución de la pena a Dimas Martín

La Audiencia de Las Palmas denegó este lunes al político lanzaroteño Dimas Martín la suspensión de la ejecución de la pena de prisión de ocho años de cárcel por malversación y otros delitos mientras se tramitan la petición de indulto y los recursos de amparo presentados ante el Tribunal Constitución.

Según un auto hecho público de la Sección Primera de la Audiencia de Las Palmas, la Sala desestima la petición “en atención a las gravedad y naturaleza de los delitos por los que ha sido condenado y en especial a la suma total de las penas privativas de libertad impuestas”.

Así, señala que la Sala no estima procedente hacer uso de la facultad que otorga el Código Penal a los jueces y tribunales sentenciadores para suspender la ejecución de la pena mientras se tramita su petición de indulto, y que, por la mismas razones, deniega la petición de suspensión de prisión mientras se sustancian los recursos de amparo presentados.

No obstante, en el auto se advierte de que la suspensión puede ser acordada por el Tribunal Constitucional, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56.1 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del citado tribunal, mientras que sustancian los citados recursos de amparo interpuestos.

La Audiencia Provincial de Las Palmas ordenó el pasado 24 de noviembre el ingreso en prisión de Dimas Martín en un plazo de 15 días, tras la sentencia del Tribunal Supremo que desestimó los recursos contra su condena por su gestión al frente del Complejo Agroindustrial de Teguise, en Lanzarote.

Dimas Martín Martín mediante un escrito fechado el pasado 23 de noviembre solicitó la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad impuestas.

El Tribunal Supremo (TS) rechazó aclarar su sentencia de mayo por la que desestimaba los recursos interpuestos por el acusado y por la acusación particular contra la condena que le impuso el 23 de diciembre de 2004 la Audiencia de Las Palmas por delitos de malversación, contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social.

La Audiencia de Las Palmas condenó a Dimas Martín, ex presidente del Cabildo de Lanzarote y líder del Partido de Independientes de Lanzarote, a seis años y a inhabilitación absoluta por un tiempo de 15 años como consecuencia de un delito de malversación de caudales públicos, mientras que fue absuelto de defraudación del impuesto de sociedades, falsificación de documentos mercantiles y estafa.

El tribunal le condenó también por fraude a la Hacienda Pública a un año de prisión y a pagar una multa de 2,4 millones de euros y a la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y el derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social por tres años.

Asimismo, fue condenado a otro año de prisión y a abonar otra multa de cerca de un millón de euros por el delito cometido contra la Seguridad Social, por el que además también perdía por otros tres años la posibilidad de gozar de subvenciones o ayudas públicas y el derecho a disfrutar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social.

La Audiencia consideró probado que el acusado se apropió de 2,3 millones de euros del Complejo Agroindustrial, del que fue su responsable como presidente entre 1991 y 1994.

Según la resolución, Dimas Martín en nombre y representación de la Empresa Municipal Agrícola de Teguise, Emamtsa, o también conocida por Complejo Agroindustrial, presentó en 1991 una solicitud de subvención pública ante la Consejería de Agricultura y Pesca del gobierno canario falseando las condiciones requeridas para su concesión.

El acusado obtuvo la ayuda de 1,2 millones de euros ese año, y Emamtsa la destinó a los agricultores que comercializaron cebolla a través de ella, pero no se aplicó a dicha finalidad la totalidad del importe de la subvención, según la sentencia, que añade que dejó de ingresar en la Tesorería de la Seguridad Social la cuota empresarial y obrera desde abril de 1991 hasta febrero de 1994.

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