El Gobierno ve ilegal la designación de Claudio Rivero como coordinador general en Las Palmas de Gran Canaria

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —

Ni director de gobierno ni coordinador general. Al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria se le agotan las denominaciones para mantener como cargo no electo a Claudio Alberto Rivero.

La Viceconsejería de Administración Pública del Gobierno de Canarias ha declarado nulo de pleno derecho el nombramiento de Rivero como coordinador general de Presidencia y Seguridad del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y ha conminado a la corporación local a subsanar o anular esta designación, al considerar que ha infringido el ordenamiento jurídico por no haber mediado convocatoria pública en la misma.

Claudio Rivero cesó como director de gobierno de Presidencia y Seguridad el 16 de mayo de 2013 para cumplir una sentencia del Tribunal Constitucional que anulaba la designación de los miembros de las juntas de Gobierno que no hubieran concurrido a unos comicios en las listas electorales. Para sortear este fallo, el grupo de gobierno del PP decidió crear una Coordinación General de Presidencia y Seguridad, dependiente de alcaldía, y colocar al frente a Claudio Rivero.

Ahora es el Gobierno de Canarias quien cuestiona el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno para reubicar al cargo no electo. Según la Dirección General de Función Pública de la administración autonómica, el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria incumplió el artículo 13 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), que establece que la designación de personal directivo debe atender a principios de mérito, capacidad y a criterios de idoneidad.

El Ejecutivo regional recalca en un informe fechado el 26 marzo que el Consistorio no respetó los principios de publicidad y concurrencia que deben regir los nombramientos de coordinadores y directores generales y que, con ello, “ha vedado el derecho a participar en el procedimiento a los aspirantes que pudieran cumplir con los requisitos exigidos”.

El informe hace alusión a una sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias que concluye que el personal directivo no puede ser nombrado con criterios de confianza.

¿Directivos públicos profesionales?

¿Directivos públicos profesionales?Función Pública también ha examinado el reglamento y la estructura orgánica del Ayuntamiento para determinar si el coordinador general, como titular de un órgano directivo municipal, tiene la consideración de directivo público profesional y, por lo tanto, no ha de someterse a los principios de mérito, capacidad, publicidad y concurrencia en el acceso al puesto.“Parece difícil sostener que los coordinadores puedan constituir una tercera especie diferente por un lado del presidente y los miembros de la corporación (los directivos políticos) y, por otro, de quienes asumen las funciones directivas municipales (el personal directivo profesional, es decir, los titulares de los puestos de trabajo superiores: jefaturas de departamento, de área o de servicio)”, concluye la Viceconsejería de Administración Pública.

Antecedentes

AntecedentesYa en el pasado mes de noviembre este mismo órgano había instado a la corporación capitalina a revisar de oficio el nombramiento de Cristina Martín como gerente del Instituto Municipal para el Empleo y la Formación (IMEF) por motivos similares, ya que no justificó los motivos por los que consideraba a Martín idónea para ocupar este puesto en el organismo autónomo.

Unos días antes de que se emitiera este informe, la sección sindical de Intersindical Canaria en el Ayuntamiento capitalino había solicitado la destitución “inmediata” de todo el personal directivo que no hubiera accedido al cargo bajo los principios establecidos en el artículo 13 del Estatuto Básico del Empleado Público.

Los representantes de los trabajadores mantienen un abierto enfrentamiento tanto con Claudio Rivero como con José María Cabrera, director general de Recursos Humanos de la corporación, a cuenta de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) y la conversión de más de 600 laborales indefinidos en funcionarios interinos, una polémica medida que el Ayuntamiento se ha visto obligado a rectificar tras cuatro autos judiciales desfavorables.

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