El perdón del IBI en Vegueta-Triana se hizo sin que nadie lo solicitara

Viviendas en el barrio de Vegueta

Carlos Sosa

Las Palmas de Gran Canaria —

La exención en el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) a 700 fincas de los barrios de Vegueta y Triana, en Las Palmas de Gran Canaria, se adoptó en el Ayuntamiento sin que mediara formalmente ni una sola petición de los contribuyentes y sin que conste resolución “o acto expreso al respecto”, según resalta la Memoria de 2013 del Diputado del Común de Canarias, que insiste estos días ante la Fiscalía en la conveniencia de que se deriven responsabilidades penales por este comportamiento.

El perdón a esas 700 fincas de inmuebles protegidos en Vegueta-Triana lo decidió el alcalde José Manuel Soria en 2002, siendo concejal de Hacienda Francisco Fernández Roca, durante el mismo mandato en que ambos diseñaron y ejecutaron el pelotazo de La Favorita.

Según la Memoria del Diputado del Común, durante 2013 abrió una actuación de oficio tras recibir “un importante número de quejas relativas a la exigencia del Impuesto de Bienes Inmuebles de aquellas fincas catastrales que en el año 2002 hasta el ejercicio 2008, no satisfacían el pago de dicho impuesto, fincas que se encontraban en el catálogo de edificios protegidos del entorno Vegueta-Triana”.

Durante la tramitación de una de esas quejas, el Ayuntamiento, ahora presidido por Juan José Cardona, también del PP, informó al Diputado del Común de que “los afectados disfrutaban de una exención en el IBI debido a que en el año 2002 dejaron de estar en las listas cobratorias del citado impuesto, sin que hubiera resolución o acto expreso al respecto”.

Además, el Diputado del Común detectó durante la tramitación que tampoco constaba ninguna solicitud “de forma personal” de “los ciudadanos beneficiados por dicho disfrute”, trámite imprescindible para poder concederlo.

Pero el desaguisado se complicó en 2008, cuando ya siendo alcalde el socialista Jerónimo Saavedra (hoy Diputado del Común de Canarias) se volvieron a incorporar al censo del IBI esos contribuyentes, pero también “sin seguir procedimiento tributario alguno” y sin que terciara “decisión administrativa revocatoria de la exención, ni de incorporación a las listas cobratorias”. Fue precisamente esta deficiencia la que provocó las quejas al Diputado del Común, y tras ellas, la actuación de oficio de este órgano dependiente del Parlamento de Canarias.

El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria no ha respondido el requerimiento de un informe sobre este aspecto, “para determinar las responsabilidades en que se pudiera haber incurrido por la pérdida de ingresos [unos cuatro millones de euros], así como por la de las garantías de los contribuyentes, en cuanto al procedimiento seguido para la revocación de las exenciones”, dice la Memoria del Diputado del Común de 2013.

El expediente sigue vivo tras recibirse esta semana en el Diputado del Común una resolución de la Fiscalía General de la Comunidad Autónoma archivando la denuncia enviada por posible delito de prevaricación administrativa. El Ministerio Público da por prescrito cualquier delito, algo con lo que discrepa el Diputado del Común por entender que se reiteró en los años sucesivos al aprobarse en cada ejercicio el censo de contribuyentes sin los 700 beneficiados.

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