Morales (CC) alega que había informes desfavorables para las casas de Majanicho

La presidenta de Coalición Canaria (CC) y ex alcaldesa del municipio de La Oliva (Fuerteventura), Claudina Morales, alega que no concedió la cédula de habitabilidad para las casas de Majanicho, en el municipio del que fue primera edil, porque había informes desfavorables.

Morales declaró este viernes ante el juez del Juzgado de Instrucción Número 2 de Puerto del Rosario, José Juzmán Herrero, --que se encarga del caso llamado Casas de Majanicho -por un presunto delito de prevaricación por omisión, después de que el magistrado admitiese a trámite la querella del promotor Nombredo S.L..

La empresa sostiene que la nacionalista, durante su época como primera edil de La Oliva, “boicoteó” la venta de las viviendas de la urbanización 'Origo Mare', en la que se habían proyectado un total de 748 casas en la zona de Majanicho.

En el escrito presentado por Nombredo S.L. se denuncia que el Ayuntamiento no otorgó las licencias de la primera ocupación y cédula de habitabilidad de las viviendas de manera “maliciosa”, lo que hizo que no se pudieran vender las casas y que produjo un “grave daño económico” al promotor.

Por su parte, Morales rechaza de plano la imputación alegando que no recepcionó en nombre del Ayuntamiento de La Oliva las obras de la urbanización del Plan Parcial Casas de Majanicho porque la entidad querellante no cumplió su compromiso de no solicitar la licencia hasta que estuvieran en condiciones de funcionamiento los suministros de agua, energía eléctrica y las redes de alcantarillado, según se desprende del escrito remitido por la nacionalista al Juzgado y al que ha tenido acceso Europa Press.

Igualmente, según la presidenta de CC, hasta marzo de 2007 la urbanización carecía de autorización alguna para la instalación de las preceptivas depuradoras y desaladoras de aguas. La solicitud de estas instalaciones no fue aceptada por el Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura, según la denunciada, hasta el 14 de marzo de 2007.

En la documentación entregada por Morales al Juzgado de Instrucción Número 2 de Puerto del Rosario, la ex alcaldesa de La Oliva subraya que en la resolución del Consejo Insular de Aguas se indicaba que la estación desaladora solicitada por Nombredo S.L. fue instalada y puesta en funcionamiento sin autorización, por este motivo se solicitó a la empresa que mantuviera fuera de servicio la planta hasta que el citado organismo obtuviera todas las autorizaciones preceptivas.

Sentencia anulatoria del plan parcial

En el escrito de Morales al juzgado se recuerda que mientras se obtenían las citadas autorizaciones para cumplir el compromiso adquirido y con las exigencias del Plan Parcial, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) dictó sentencia, en octubre de 2006, por la cual anuló el acuerdo municipal de aprobación del Plan Parcial de la zona. El fallo del TSJC reza que se “había proyectado una sombra de inseguridad e incertidumbre sobre la legalidad de las actuaciones realizadas en ejecución del mismo, lo que explica la renuncia de la Corporación consultante a resolver sobre la petición de recepción”.

Morales resalta que en julio de 2008 dejó de ser alcaldesa de La Oliva como consecuencia de una moción de censura. En esta línea, apunta que la Corporación entrante compartía la misma incertidumbre respecto a si procedía o no otorgar las licencias y recepcionar las obras de las Casas de Majanicho. Por ello reconoce “ignorar los motivos por los cuales la presente acción penal no se ha hecho extensible a los representantes de la nueva Corporación municipal”.

La presidenta de CC agrega que el recurso de casación interpuesto por Nombredo S.L. contra la sentencia de octubre de 2006 no fue admitido a trámite por el Tribunal Supremo hasta dos años más tarde, el 20 de noviembre de 2008. Con independencia de ello, según Morales, “hasta el momento en que prosperó la moción de censura presentada contra la compareciente, la recepción de aquellas obras de urbanización no contaba con los preceptivos y favorables informes técnicos”.

Tres informes desfavorables

La ex alcaldesa de La Oliva también informa de que el arquitecto técnico municipal hizo constar en mayo de 2007 que quedaban pendientes de aportar por la entidad querellante las escrituras de declaración de obra nueva, los modelos 902-S de alta catastral y los justificantes de alta en el padrón de basura domiciliaria, entre otros documentos. Sobre este particular, Morales añade que en mayo de 2007 la oficina técnica desaconsejaba la recepción de las obras, llegando a emitir el técnico municipal hasta tres informes desfavorables al respecto.

Requerido el querellante para que subsanara estas carencias, Nombredo S.L. invocó entonces la recepción de las obras y la concesión de las correspondientes licencias por silencio administrativo, y ello, según Morales, pese al compromiso adquirido por dicha entidad para proceder a su corrección, en las reuniones mantenidas con los técnicos y con la concejala delegada de Urbanismo y Planeamiento. En todo caso, la querellada matiza que las competencias para la concesión de las licencias no las ostentó nunca la compareciente.

La máxima dirigente de CC quiere “desvelar los oscuros intereses que subyacen a la interposición de la presente querella” y por ello apunta que, pese a que el relato de los hechos se remonta hasta el año 2000, la misma no se interpuso hasta 2009, “haciéndola coincidir, casualmente, con la campaña a las elecciones europeas”. En definitiva, en su escrito al juez, Morales deja claro que es “incierto” que se haya omitido “de manera arbitaria” dictar resolución alguna.

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