Podemos pide cumplir la ley de igualdad al renovar los órganos del Parlamento canario

Noemí Santana, nueva secretaria general de Podemos en Canarias

Efe

Santa Cruz de Tenerife —

La portavoz del grupo de Podemos en el Parlamento de Canarias, Noemí Santana, ha instado al resto de formaciones que en la renovación de órganos parlamentarios como Diputado del Común, Audiencia de Cuentas y Consejo Consultivo se cumpla la ley de igualdad, y ha recordado que en ellos “no hay ni una mujer”.

La también secretaria general de Podemos en Canarias ha pedido que se acabe con el “vergonzoso hecho de que ni una sola mujer” ostente un cargo en esos órganos institucionales.

La ley canaria de igualdad entre mujeres y hombres se aprobó en 2010 y Noemí Santana ha opinado que podría llamarse mejor la ley del “papel mojado”, porque se trata de un texto en el que se dice que los órganos de la administración pública deben ser paritarios, pero hasta ahora al Parlamento “le ha dado igual incumplirla”.

En un comunicado, la portavoz de Podemos ha señalado que ante la ampliación del plazo al 8 de febrero para presentar candidaturas a la renovación a la que se someterán los órganos dependientes del Parlamento, se resiste a creer que CC, PP, PSOE y NC no conozcan alguna mujer jurista, abogada o jueza para presentarla al Consejo Consultivo o a una economista o contable para la Audiencia de Cuentas.

Podemos presentará candidaturas para que en Canarias deje de no respetarse, ha asegurado Noemí Santana, quien ha recordado que en los artículos 1 y 2 de la Ley Canaria de Igualdad se obliga a “a la Administración autonómica de Canarias, a sus organismos autónomos, a sus entidades públicas empresariales, a las empresas públicas de la Comunidad Autónoma de Canarias, a los consorcios, fundaciones y demás entidades con personalidad jurídica propia” a “hacer real y efectivo el derecho de igualdad de trato y oportunidades” entre mujeres y hombres.

Ha añadido que en el artículo 4.8 de la ley se recoge que las instituciones autonómicas deben velar por “la participación o composición equilibrada entre mujeres y hombres en los distintos órganos de representación y de toma de decisiones” y que el artículo 16 de la Ley estatal de Igualdad establece que “los poderes públicos procurarán atender al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres en los nombramientos y designaciones de los cargos de responsabilidad que les correspondan”.

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