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El Supremo anula los presupuestos municipales que aprobó Soria en 1997

El Tribunal Supremo ha anulado el acuerdo del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria de 31 de enero de 1997 por el que se aprobaba el Presupuesto General de la Corporación para ese año. El alto tribunal declara ese acuerdo contrario a Derecho por contravenir los preceptos de los Presupuestos Generales del Estado al incrementarse las partidas para gastos de personal por encima de lo permitido.

En una sentencia, de la que fue ponente el magistrado José Díaz Delgado, el Supremo admite el recurso interpuesto por el Abogado del Estado al entender que el capítulo de gastos por retribuciones en relación con los altos cargos, el personal fijo y las cuotas, prestaciones y gastos sociales, superaba el 2,1% previsto en la Ley de Presupuestos del Estado del Estado 12/1996, de 30 de diciembre. En total, ese capítulo se elevaba a 11.660.919.767 millones de pesetas.

En aquel entonces el alcalde de Las Palmas de Gran Canaria era José Manuel Soria, actual consejero de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias, y ejercía de concejal de Hacienda Francisco Fernández Roca, inspector fiscal en excedencia y hombre de la máxima confianza del alcalde capitalino.

El acuerto por el que se aprobaban los presupuestos municipales para Las Palmas de Gran Canaria en 2007 fue recurrido ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC por el Abogado del Estado adscrito a la Delegación del Gobierno en Canarias. Sin embargo, el TSCJ rechazó en enero de 2001 ese recurso por considerar que el recurrente no acreditaba suficientemente que el Consistorio hubiera incrementado en la cuantía que se decía en la demanda el capítulo 1 de sus presupuestos.

Recurrida esa sentencia en casación, el Supremo ha dado la razón al Estado y ha propinado un tirón de orejas al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria por no haber facilitado a los órganos competentes la información que se le solicitaba respecto a esta irregularidad detectada en los presupuestos.

No se condena en costas a ninguna de las partes.

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