El TJSC obliga al Gobierno canario a pagar ya los 101 millones del 'caso Tebeto'

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dictado dos autos en los que obliga al Gobierno regional a consignar ya los 101.132.904 euros como consecuencia del conflicto judicial que mantiene con la empresa Canteras Cabo Verde por el denominado caso Tebeto en Fuerteventura.

La resolución, publicada este sábado en los periódicos regionales y recogida por Europa Press, desestima los dos recursos interpuestos el pasado mes de julio por los servicios jurídicos del Ejecutivo autonómico para evitar el pago inmediato de dicha cuantía.

El empresario Rafael Bittini Delgado, responsable de Canteras de Cabo Verde SA (sociedad dedicada a la investigación, laboreo y explotación de yacimientos mineros), ha acudido a la vía judicial para denunciar la decisión de la institución regional de declarar caducada una concesión de investigación de 1982.

De hecho, la Sala condenó el 24 de julio de 2008 al Gobierno a pagar 92.295.312 euros por daños y perjuicios ocasionados por el pleito de la Montaña de Tebeto, contigua a Tindaya, cuya causa judicial data de principios de los noventa cuando la mercantil Canteras Cabo Verde S.A. solicitó a la Consejería de Industria la licencia de explotación minera de la montaña tras una concesión que tenía desde 1982.

Así pues, el Alto Tribunal rechaza el recurso de súplica del Gobierno canario contra la providencia dictada el pasado 1 de julio, en la que la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC obligaba a la administración a consignar 101 millones en un plazo de quince días y acreditaba la constitución del aval presentado por Bittini.

En dicho recurso, el Ejecutivo planteó ampliar a tres meses el pago de la millonaria indemnización correspondiente a las explotaciones mineras de Tebeto.

No al pago en cinco años

Igualmente, el TSJC desestima otro recurso interpuesto por el Consejo de Gobierno de Canarias en el que solicitaba el fraccionamiento del citado importe durante los próximos cinco años.

En esta ocasión, el Ejecutivo regional realizó dicha petición basándose en el “artículo 106 apartado 4 de la Ley Contencioso Administrativa donde se plantea que, cuando una administración es condenada al pago de una cantidad que ocasione un grave quebranto en las arcas públicas lo pondrá en conocimiento del juez, acompañándolo de una propuesta razonada de cómo resolver el pago de esa cantidad”.

“Esa propuesta razonada, fundamentada en este caso en un informe de la Consejería de Economía y Hacienda, determina que cinco años es un plazo que se considera razonable para el pago de esos 101 millones de euros”, según manifestaron fuentes del Gobierno, que incidieron entonces en que “el abono inmediato causaría un grave quebranto a las arcas autonómicas y más en un contexto de crisis económico donde podrían resentirse los servicios públicos esenciales”.

En todo caso, el segundo auto que hace referencia a la solicitud del Gobierno de proceder al pago fraccionado es susceptible de recurso.

No obstante, en ambas resoluciones el TSJC rechaza los argumentos esgrimidos por el Ejecutivo autonómico para evitar el pago del citado importe a Canteras Cabo Verde y señala que corresponde “a las partes establecer, si lo estiman oportuno, un convenio” para abonar la indemnización.

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