Consejo de Gobierno de Canarias
Aprobado el proyecto de ley que regula las atribuciones del presidente canario

Ángel Víctor Torres, presidente del Gobierno de Canarias en el Parlamento

EFE

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El Consejo de Gobierno autonómico ha aprobado este miércoles el proyecto de Ley de la Presidencia y del Gobierno de Canarias, que tiene como objeto regular el estatuto y atribuciones del presidente, la organización, régimen jurídico y funcionamiento del Ejecutivo y de sus relaciones con el Parlamento autonómico.

También regulará la iniciativa legislativa y las potestades normativas del Gobierno, ha explicado el Ejecutivo en un comunicado.

Esta iniciativa se lleva a cabo ante la necesidad de adecuar el régimen, organización y funcionamiento de la Presidencia y del Gobierno de Canarias, instituciones que han estado regidas durante cuatro décadas por la Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, primera y única ley aprobada por el Parlamento provisional.

El Ejecutivo canario ha entendido necesario adecuar el régimen, organización y funcionamiento de la Presidencia y del Gobierno de Canarias tanto como consecuencia de la reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias, en el que se modifican la configuración de ambas instituciones, como por la conveniencia de corregir las deficiencias, insuficiencias y carencias que se han puesto de manifiesto durante la vigencia de la Ley 1/1983.

La propuesta normativa, que ahora deberá ser tramitada por el Parlamento de Canarias, aborda el desarrollo estatutario de dos instituciones básicas del autogobierno de la comunidad autónoma con una regulación actualizada y más completa de su régimen, organización y funcionamiento.

Esa reglamentación pone de relieve que al presidente o presidenta, además del desempeño de la Presidencia de la comunidad autónoma de Canarias, le corresponde la jefatura del órgano colegiado ejecutivo, lo que le confiere especial relevancia institucional, al detentar la máxima representación de la comunidad autónoma de Canarias y, conjuntamente, la representación ordinaria del Estado en esta.

Junto a ello, se considera preciso que la ley contenga las normas imprescindibles relativas a las relaciones del Gobierno de Canarias con el Parlamento autonómico, sin que con ello se menoscabe el ámbito reservado estatutariamente al reglamento del órgano representativo del pueblo canario. 

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