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Un galimatías laboral rige en las empresas públicas canarias

Tantos años establecidas por su cuenta, sin el menor control por parte de la Administración autonómica, han derivado en que las empresas públicas canarias se rijan por normas propias, cuando no por la más absoluta anarquía. Un análisis de los convenios colectivos que rigen en estas sociedades mercantiles, participadas por capital público, arroja datos ciertamente llamativos, un verdadero galimatías laboral del que no siempre salen beneficiados los trabajadores.

De la veintena de empresas públicas de la Comunidad Autónoma, tan sólo once tienen convenio colectivo propio, y dos de ellas (la radio y la televisión públicas) carecen de este instrumento de relaciones sociales. Las demás se rigen por convenios del sector, como el de oficinas y despachos (ocho), o más específicos, como el de comercio de alimentación, el de la pequeña y mediana empresa o el de empresas de ingenierías.

Tan sólo una empresa, la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias (Essscan), respeta lo establecido en la circular número 1, de 28 de enero de 2008 sobre retribuciones del personal de la Comunidad Autónoma. Las demás, cada una a su aire.

Así, Gestión del Medio Rural, adscrita a la Consejería de Agricultura, aplica tres convenios colectivos diferentes, lo que no le impide, sin embargo, saltarse a la torera la aplicación del cómputo de antigüedad. Otros son aún más atrevidos, como Grafcan, que aplica a sus trabajadores lo que hace Gestur Tenerife, y no lo recogido en los convenios de oficinas y despachos de ambas provincias por los que se rige para otras cuestiones.

Promotur, de la Consejería de Turismo, aplica dos convenios, el de la empresa Saturno para los trabajadores contratados antes de 2006 y el de oficinas y despachos de Las Palmas para los contratados con posterioridad a ese año.

En el capítulo de antigüedad, hay empresas públicas que la pagan aplicando criterios absolutamente heterogéneos, como pasar cinco, tres o un año de un trienio a otro o aplicar porcentajes dispares que van del 1 al 8%. Hay mercantiles que incrementan del 24 al 25% por pasar de catorce a quince años de antigüedad, a la vez que incrementan el 33% por pasar de quince a dieciséis. Las más conflictivas en esta materia son Grafcan, Gestur Tenerife, Gestur Las Palmas y Visocan.

La mayoría de los convenios colectivos que se aplican en estas empresas públicas garantizan el cobro del 100% del salario en caso de incapacidad laboral transitoria (ILT), en contra de los recientes criterios del Gobierno.

Las pagas extraordinarias varían entre cuatro enteras (Gestur Tenerife, Grafcan, Proexca, Promotur, Saturno, Sodecan, Visocan, Canarias Congress Bureau Maspalomas y Canarias Congress Bureau Tenerife) a dos enteras, pasando por las que pagan dos pagas enteras y dos medias (Grecasa y Gestur Las Palmas).

El periodo de vacaciones fluctúa entre los 28 laborales de Visocan y Gestur Tenerife y los 31 naturales de Hecansa.

Las horas semanales de trabajo tienen un máximo de 40 en ocho empresas públicas canarias y un mínimo de 35 de cuatro, pasando por 38 ó 37,5 que declaran algunas de ellas.

Ocho empresas públicas canarias declaran que no exigen ningún tipo de titulación para contratar personal, tanto si es técnico como si no lo es. Siete aseguran exigirlo para cualquier desempeño, mientras que el resto lo solicita para el caso de que se requieran titulaciones superiores o de grado medio.

Esta situación afecta a alrededor de 1.800 trabajadores, al menos según datos consolidados al cierre del ejercicio 2008.

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