Los interinos recuperarán sus salarios recortados

Europa Press

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 4 de Santa Cruz de Tenerife ha fallado a favor de la demanda interpuesta por una funcionaria interina contra el recorte salarial y de jornada aplicado por el Gobierno de Canarias a unos 3.300 empleados públicos a comienzos de año.

Según informa en una nota el sindicato Sepca, el Ejecutivo canario ha sido condenado a restablecer los derechos contractuales establecidos antes de noviembre de 2012 y abonar las retribuciones retraídas con efecto retroactivo desde que se aplicara la norma de reducción de jornada laboral y sueldo. Además, señala que esta sentencia será de aplicación válida para los funcionarios interinos del Gobierno regional.

El inicio de este proceso, recuerda Sepca, tiene origen en el decreto del Gobierno de Canarias de reducir la jornada laboral de los funcionarios interinos de la Administración General y con ello la reducción de los salarios, “no justificando los motivos de aplicación de esta reducción sólo a estos colectivos, dejando fuera y sin perjuicios a los funcionarios de carrera”.

El Ejecutivo justificó la medida, en su momento, para reducir gastos en los presupuestos generales, ya que esta reducción de salarios --20 por ciento-- posibilitaría no acometer ningún despido, si bien no aclaró los motivos por los que se aplica a unos y no a otros, pues todos son trabajadores de la Administración.

El Juzgado señala en la resolución de la sentencia que hay una total “inexistencia de razones objetivas que justifiquen un trato diferenciado entre los funcionarios” o empleados públicos, por lo que considera “inaplicable” cualquier planteamiento para hacerlo.

Asimismo, señala que la norma aplicada por el Gobierno canario vulnera varias resoluciones, directivas y normativas a la Ley del Trabajo de la UE, que establece que no puede tratarse a los trabajadores con contrato de duración determinada o interina de manera menos favorable por el mero hecho de tener ese tipo de contratación,y que es aplicable en la jurisprudencia comunitaria, entre otras en sentencia del TJCE el 22 de diciembre de 2010.

“No parece objetivamente justificada el hacer recaer sobre una parte del colectivo de los empleados públicos una reducción que no han de soportar otros empleados públicos”, apunta la sentencia recogida por Sepca.

En esa línea, incide en que “la naturaleza temporal del vínculo de los funcionarios interinos no determina 'per se' la existencia de una diferencia de tareas o funciones propias entre los funcionarios de carrera o los interinos o temporales indefinidos”.

Más los intereses legales

Por todo ello, se determina “reconocer el derecho de la demandante a restablecimiento ordinario de sus retribuciones y jornada de trabajo preexistente a la entrada en vigor de la Disposición Adicional 57 de la Ley Territorial 10/2012, con efectos retroactivos al 01.01.2013 y, en consecuencia, declarar su derecho de ser restituida de las cantidades dejadas de percibir durante los meses de enero y abril de 2013, ambos inclusive, más los intereses legales que corresponda”.

Esta resolución ahora será aplicable a todo el personal funcionario interino que se vio afectado por la reducción horaria y salarial, “lo que implica que al Gobierno de Canarias le salió mal el proyecto y las cuentas, pues adoptó a una decisión equívoca y contraria al ordenamiento jurídico, que le llevó a reducir los gastos donde no debió hacerlo”, expone el sindicato.

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