El Supremo confirma el 'pucherazo' en la Cámara de Comercio tinerfeña
El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado que efectivamente en las elecciones a la Presidencia de la Cámara de Comercio de Tenerife de 2006 que dieron la victoria a Ignacio González, uno de los principales imputados en el caso Las Teresitas, se cometieron diversas irregularidades de calado.
El TS da la razón al otro candidato, Juan García Padrón que había denunciado que gran multitud de votos por correo habían sido remitidos desde otras cuatro sedes sociales distintas de determinadas empresas relacionadas con González, que recientemente decidió abandonar el cargo. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) así lo había reafirmado con anterioridad al invalidar 3.500 de los votos emitidos.
El Supremo reitera, ahora, que los vicios en la emisión de escrutinios solo afectaron a los emitidos por vía postal, no a los que fueron entregados personalmente por los electores. “Es por ello que no se puede acceder a la pretensión de que se declare la nulidad de las elecciones, ni del resultado electoral, sino tan sólo de los votos que fueron falsificados”. En concreto, la denuncia apunta que los partidarios de González utilizaban direcciones de este empresario para mandar votos por correo que antes habían ido recogiendo por toda la isla.
El candidato alternativo a presidir la Cámara de Comercio de Santa Cruz de Tenerife en 2006, aseguró cuando se emitió el primer fallo que el pleno de la entidad era ilegal porque usó “trampas antidemocráticas” para ganar las elecciones. A esta afirmación la Cámara respondió en aquel momento que sería el Supremo el que tendría la última palabra, lo que ha ocurrido ahora pero no poniéndose precisamente de su lado. Padrón anunció que iba a solicitar la ejecución de la primera sentencia, aunque en realidad a estas alturas, cuando incluso González ha dejado ya la presidencia de la Cámara, no tendría demasiado sentido.
Tras el primer fallo judicial, que daba la razón a Padrón en sus denuncias, el entonces candidato pidió a la Junta Electoral y al Gobierno de Canarias que procedieran a aplicar el fallo del TSJC y además solicitó que la Administración autonómica, garante de la transparencia en estos procesos electorales, certificara una absoluta limpieza en las sucesivas elecciones a la Cámara de Comercio tinerfeña, para lo que habría que aplicar, en adelante, los términos de esta sentencia en los asuntos relacionados con el voto por correo.
Entre las cuatro direcciones que tramitaron el voto por correo ahora anulado por el TS figura un domicilio de la calle de La Rosa relacionado con el actual presidente de la Cámara tinerfeña. Por esta oficina pasaron, nada más y nada menos, que 2.837 votos de los 3.439 que la Junta Electoral certificó que había remitido a alguno de los cuatro domicilios afectados por la sentencia. De todas las solicitudes válidas de voto por correo, que fueron 3.825, siempre según datos de la propia Junta Electoral que incluye la sentencia, la plancha encabezada por el entonces presidente de la Cámara de Comercio tinerfeña movió 3.439 (el 89,90%) a través de los domicilios que el Alto Tribunal manifiesta que estaban vinculados a la entonces candidatura ganadora.