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La Audiencia condena a 20 años de cárcel al asesino de Yuliza

Lea aquí la sentencia

El magistrado presidente del tribunal del jurado ha condenado a 20 años de cárcel al portugués Antonio Luis Ferreira Machado por el asesinato de su hijastra dominicana Yuliza Pérez, de 18 años, ocurrido en 2007 en su domicilio familiar de Lanzarote.

En la sentencia hecha pública este miércoles, el magistrado Salvador Alba condena también al acusado, que confesó los hechos, al pago de una indemnización de 250.000 euros a la madre de Yuliza, Hilma Altagracia, la mujer con la que convivía cuando cometió el crimen.

La semana pasada, el jurado que juzgó a Ferreira Machado, albañil de profesión, le declaró por unanimidad culpable de asesinato al “agarrar por el cuello a Yuliza Pérez y apretarlo hasta darle muerte, asegurándose de que la misma no podía defenderse ni pedir auxilio y actuando de forma sorpresiva”.

La sentencia considera probado que desde Yuliza llegó a Lanzarote en mayo de 2007, para vivir con su madre en el domicilio que compartía con su pareja Antonio Ferreira, éste estuvo “obsesionado con ella”.

El acusado mantenía con la joven “una relación asfixiante y agobiante”, y discutía en ocasiones con Yuliza porque trataba de impedirla que practicara sus creencias religiosas como testigo de Jehová.

Precisamente por ese motivo, el 7 de noviembre de ese año Antonio Luis Ferreira tuvo una discusión con Yuliza en su domicilio, que reanudó a la mañana siguiente.

“Tras continuar con la discusión del día anterior”, dice la sentencia, el acusado “agarró de forma sorpresiva a Yuliza por el cuello, aprovechando la privacidad del domicilio y que ésta se estaba vistiendo en su dormitorio, así como que la madre de la misma estaba fuera del domicilio”.

El condenado apretó entonces el cuello de la joven hasta que perdió el conocimiento y tras caer al suelo “continuó apretando el cuello hasta darle muerte, y ello con la total intención de causar su muerte por estrangulamiento, sin dar a la misma posibilidad de defensa”.

El magistrado presidente del tribunal considera que las discusiones que Antonio Luis Ferreira tenía con su hijastra por sus practicas religiosas “no tiene relevancia ni relación con los hechos”, sino que lo que ha quedado probado es que el acusado “estaba obsesionado con Yuliza”.

En los hechos concurren, afirma, todos los elementos del tipo penal de asesinato, ya que actuó de forma dolosa y alevosa, pues el acusado “intencionadamente” apretó el cuello de Yuliza “y por sorpresa, hasta que consiguió darle muerte”.

Para el establecimiento de la pena de 20 años, se tiene en cuenta además como agravante la relación de parentesco entre la víctima y el acusado.

El magistrado afirma que el crimen merece “todo el reproche social y penal”, y más si se tiene en cuenta la edad de la víctima, que el ataque se produjo de forma sorpresiva y sin dar ocasión a la víctima a defenderse ni de pedir auxilio.

Por ello, la sentencia señala que si en este caso concreto no se aplica la pena con la mayor dureza posible, el derecho penal no cumple su función social, de prevención general y especial, y “desde luego no lanzará el mensaje que demanda la sociedad” de que “no se puede acabar con la vida de una persona bajo ningún concepto”.

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