Absueltos dos médicos de Tenerife acusados de imprudencia en una operación de pecho

Canarias Ahora

Las Palmas de Gran Canaria —

El juzgado de lo Penal número 8 de Santa Cruz de Tenerife ha absuelto a los médicos Luis José González Rodríguez y Guillermo Baró Suárez del delito de lesiones por imprudencia grave por el que estaban acusados tras la denuncia interpuesta por una paciente a la que realizaron un aumento de mamas en el año 2005 en una clínica privada de La Victoria de Acentejo , al norte de Tenerife. La Fiscalía Provincial reclamaba para ambos tres años y medio de prisión y cuatro de inhabilitación para el ejercicio de la Medicina.

El auto, fechado en enero de 2014 pero conocido ahora, concluye que las pruebas practicadas han sido “insuficientes para alcanzar la convicción que exige la condena penal”, pues no ha quedado acreditado que las secuelas físicas (deformación en los pechos) que presentaba la paciente fueran producidas por la intervención que le practicaron en 2005.

Según los hechos probados, la denunciante, M.F.L., acudió el 29 de junio de ese año a la Clínica Azul para someterse a dos operaciones: una mamoplastia y una lipoescultura. Para ello, le suministraton anestesia local con sedación. La sensibilidad mostrada por la paciente durante la intervención para el aumento de pecho -le implantaron dos prótesis mamarias de 450 cc cada una- llevó a los médicos a descartar la lipoescultura en esa sesión.

La operación duró unas tres horas y, en ella, M.F.L. evidenció muestras de dolor, según manifestaron las dos personas que la acompañaron y que dijeron orír los quejidos de la paciente desde la sala de espera. Tras la intervención, el 12 de julio volvió a la clínica y le retiraron los puntos. Posteriormente, el día 18, al sentir dolor y ver que las heridas supuraban, acudió a urgencias del Hospital Universitario de Canarias (HUC), donde le diagnosticaron una infección cutánea en ambas mamas.

En un ingreso posterior, el 5 de agosto, los faculltativos del  HUC detectaron que la infección ya afectaba sólo a la mama izquierda. Tras dejarla tres días hospitalizada y ver cómo experimentaba una mejoría, decidieron que no era necesario operarla para retirarle los implantes. Con anterioridad, la denunciante ya había acudido a la consulta de otro cirujano, Cristino Suárez, que había trabajado con uno de los denunciados -Luis José González- y lo había llevado a los tribunales por un delito de amenazas del que fue también absuelto.

Un mes después, tras regresar de un viaje a Cabo Verde y ver a la paciente por segunda vez, este médico decidió que era necesario intervenir y le extrajo las prótesis mamarias porque, decía, “estaban a punto de salir”. La operación tuvo lugar el 25 de agosto. La resolución judicial incide en que el cirujano no aportó pruebas diagnóstica para sustentar esta decisión. “No se alcanza a comprender cómo M.F.L. esperó a que volviera de viaje con el dolor que decía padecer”, señala la juez en una sentencia en la que pone de manifiesto las múltiples “contradicciones, incoherencias e imprecisiones” de la denunciante.

Para la magistrada, el informe pericial elaborado por este médico e incorporado a la causa “no es imparcial y objetivo”, puesto que el cirujano “tiene interés directo y personal en el procedimiento”. “No hay convicción de que fuera necesario para la sanidad de la paciente la segunda intervención y la extracción de mamas ni que las secuelas fueran consecuencia de la primera intervención”, destaca el fallo.

De las pruebas, por lo tanto. “no se desprende” que la carencia de titulación -el doctor González era médico y cirujano y tenía tres diplomas y un máster sobre medicina estética, pero carecía del título de especialización-, o “su falta de pericia” fuera determinante en la infección, como tampoco ha quedado acreditado que la técnica empleada fuera incorrecta. “La infección es una de las complicaciones que puede presentarse en este tipo de operaciones”, concluye la juez en su exposición.

Durante el proceso sí se demostró, sin embargo, que el centro donde se desarrolló la intervención no disponía de autorización para la denominada cirugía mayor ambulatoria  (por lo que el Servicio Canario de Salud  suspendió la actividad de esta clínica el 9 de agosto) y que los médicos no tenían la titulación requerida para poder practicarla.

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