El principal acusado de asesinar a un discapacitado niega los hechos

Efe

Las Palmas de Gran Canaria —

El principal acusado de asesinar a un discapacitado y de quemar su casa en Telde, en Gran Canaria, en la madrugada del 11 de abril de 2011, ha negado este lunes los hechos que se le imputan y que, según el Ministerio Fiscal, cometió junto a su novia y otra pareja, también procesados en esta causa.

El acusado Jonathan Cristo R.V. ha asegurado ante un Jurado en la Audiencia de Las Palmas que conocía a la víctima, Félix Sarria Parra, de 48 años, con quien se juntaba en su casa para fumar porros y para prestarle ocasionalmente ayuda en el aseo, pero que él no lo mató ni sabe quién acabó con su vida, porque ese día ni siquiera estuvo en su vivienda.

El procesado Jonathan Cristo R.V., que ha sido el único de los cuatro acusados que ha prestado declaración en esta primera sesión de juicio, se enfrenta a una pena de 31 años de prisión por los delitos de asesinato, incendio y amenazas a una testigo que le imputa la fiscal María Eugenia Rodríguez.

Su abogado, Juan Pérez, solicita su absolución y la letrada de oficio de la acusación particular considera que no intervino en los hechos, de los que solo acusa a la pareja formada por Alberto F.V. y Rita Carolina C.T, lo que ha sorprendido a la hermana de la víctima.

La hermana de la víctima ha indicado a varios periodistas al término de la sesión que ella cree que los cuatro acusados intervinieron en la muerte de Félix y que, además, Jonathan Cristo R.V. fue el principal autor.

El acusado Jonathan Cristo R.V. también ha negado haber robado el teléfono móvil de la víctima (la fiscal sostiene que a Félix lo mataron por haber denunciado precisamente ese robo).

El procesado ha indicado que el móvil se lo robó la testigo, a la que dice no haber amenazado, y que él lo que hizo fue acompañarla para que pudiera venderlo porque era menor de edad.

La fiscal ha defendido ante el tribunal que los cuatro procesados están implicados en la “brutal” muerte de Félix, si bien reconoce que no existen pruebas directas pero sí indicios suficientes para culparlos.

Rodríguez ha relatado al tribunal que intentará demostrar que los dos acusados varones primero golpearon a la víctima con una plancha en la cabeza, después le clavaron un cuchillo en varios partes del cuerpo y en el pulmón, lo que provocó su muerte, y, una vez fallecido, le incrustaron varios pinchos de asar carne “llegando a doblarlos al tratar de atravesar estructuras óseas”.

Las acusadas actuaron como cómplices, según la fiscal, que sitúa el ataque después de que estas se desnudaran ante la víctima a cambio de dinero.

Así mismo, sostiene que los acusados, para ocultar el cadáver, quemaron la vivienda de la víctima y abrieron las llaves del gas para hacer creer que su muerte se debió a la inhalación de humo.

La acusación particular ha explicado al tribunal que, por las pruebas analizadas y las contradicciones que existen sobre los hechos, entiende que solo participaron en su muerte Alberto F.V. y Rita Carolina C.T., que durmieron esa noche en casa de la víctima, él como autor y ella como cómplice.

En el incendio solo intervino Alberto F.V., como él mismo ha reconocido, según la acusación particular, que pide 35 años de prisión para este acusado por los delitos de asesinato e incendio, y 15 para su pareja como cómplice de la muerte de Félix.

Los abogados Jonathan Cristo R.V. y de María Ilenia R.S. han solicitado su libre absolución por entender que no existen pruebas de cargo contra ellos.

Los letrados de los otros dos acusados también han pedido la libertad para sus clientes.

En el caso de Rita Carolina C.T., su abogada asegura que mantuvo una actitud pasiva por miedo y la actitud de vigilancia que presupone la fiscal no se acredita, y en el de Alberto F.V., su letrado ha dicho que tratará de demostrar que no fue el autor material de la muerte de Félix.

El juicio continuará este martes con el interrogatorio de los otros tres acusados, para los que la fiscal pide una pena de 28 años de cárcel, en el caso de Alberto F.V., y 13 años y ocho meses, en el de las dos procesadas.

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