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Alucinaciones, ocho horas sin psiquiatra y fuga del hospital: la historia detrás de un atropello mortal

Avenida Marítima de Las Palmas de Gran Canaria, a la altura de Hoya de la Plata.

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —

La noche del 12 de noviembre de 2013 un peatón de 74 años murió atropellado en la Avenida Marítima de Las Palmas de Gran Canaria, a la altura de Hoya La Plata. Un vehículo lo arrolló cuando trataba de cruzar la autovía, en la entrada sur de la ciudad. Falleció en el acto. Un trágico final para una persona que minutos antes se había fugado del cercano Hospital Insular, complejo en el que había permanecido más de ocho horas en Urgencias tras ser derivado del centro de salud de Vecindario, su localidad de residencia, con un cuadro de alucinaciones como diagnóstico.

Su hermana, que fue su cuidadora principal durante sus últimos años de vida, reclama ahora una indemnización a la administración autonómica y el Consejo Consultivo ha emitido ya un dictamen que estima parcialmente sus pretensiones. Este órgano considera que el “deficiente funcionamiento del servicio” provocó una “pérdida de oportunidad” al paciente. En concreto, la de ser tratado a tiempo de las causas por las que accedió al centro. La resolución remarca que los facultativos retrasaron más de ocho horas el análisis psiquiátrico pautado desde el centro ambulatorio, una valoración que nunca se llegó a realizar debido a la fuga.

El paciente acudió a Urgencias del centro de salud de Vecindario la mañana del 12 de noviembre en compañía de su hermana. Según el informe emitido por el facultativo que lo atendió, estaba agitado, presentaba alucinaciones e ideas delirantes. Manifestaba que tenía miedo a quedarse solo y a perderse, que no conocía a la gente ni las calles de su barrio, que oía voces que le incitaban a matar, que le hacían brujería, que veía a personas sentadas en su casa y que cuando hablaba con ellas, desaparecían. Su familiar incidió también en su deriva agresiva, con amenazas de muerte incluidas, y en su desorientación espacial y temporal, conductas que se habrían empezado a manifestar tras la muerte de otra hermana.

El médico del centro de salud le remitió al Hospital Insular para que fuera valorado por la Unidad de Internamiento Breve, destacando su carácter de urgencia. El informe señalaba además que el paciente había sido valorado con anterioridad por el neurólogo de la zona, que había solicitado un TAC preferente hacía más de un mes y que su situación había empeorado notablemente las últimas semanas.

A su llegada al hospital de referencia de la zona sur de Gran Canaria, alrededor de las 11.00 horas, al paciente se le realizaron una serie de pruebas, que consistieron en una exploración física y neurológica, un TAC craneal y un análisis de sangre. En ninguna de ellas se detectó ningún tipo de alteración y todos los parámetros arrojaron resultados normales. Según el informe aportado por el SCS, el usuario se mostró consciente, orientado y colaborador durante todo este proceso. Debido a su aparente buen estado y al no existir en su historia clínica antecedentes de enfermedad mental, los médicos no consideraron necesario adoptar medidas de vigilancia o seguridad específicas.

Ocho horas después de su ingreso, los profesionales de Urgencias enviaron un requerimiento al servicio de psiquiatría para la valoración del paciente. Además, intentaron contactar, sin éxito, con los familiares para informarles de este paso. El informe de urgencias revela que sobre las 21.15 horas el psiquiatra trató de localizar al paciente, que pasadas las 23.00 se volvió a llamar a la familia sin obtener respuesta y que, finalmente, se le dio el “alta por fuga” a las 00.30 horas. En ese momento, el hombre desaparecido llevaba ya más de cuatro horas muerto.

El Consultivo remarca que no eran causas físicas, sino mentales, las que condujeron al médico de Vecindario a remitir al usuario al Insular, a través de una interconsulta con carácter de urgencia, para que pudiera ser valorado por la unidad de salud mental. El dictamen subraya que ese informe contenía “datos indicativos de un diagnóstico de alucinaciones, con peligro para la propia vida del paciente, pero también ajena”. Esta circunstancia “debió determinar por parte del servicio de Urgencias del Hospital Insular, ante todo, la atención psiquiátrica requerida”, que “solo fue instada a partir de las 19.00 horas, a pesar de que el paciente había ingresado desde las 10.57”.

El órgano consultor considera que la actitud de los familiares fue “diligente en todo momento”, pues lo acompañaron tanto al centro de salud como al hospital “con el fin último de lograr el internamiento del paciente”. Además, aportaron un informe, elaborado por una trabajadora social el mismo mes del suceso, en el que ya se advertía de esas alucinaciones y de su temor a la soledad. Para el Consultivo, “más allá de que en el momento del ingreso el paciente se mostrara orientado, la causa del ingreso fue la ausencia de orientación temporal-espacial y el peligro del paciente por su agresividad, que debieron determinar una contención inmediata y estudio por la unidad de salud mental para la valoración de internamiento breve”.

Por todo ello concluye que la administración sanitaria no respondió con las medidas que demandaba la situación del afectado, una circunstancia que permitió su fuga con el fatal desenlace del atropello y fallecimiento. El Consultivo entiende que se debe indemnizar a los familiares por los daños morales ocasionados como consecuencia de esa “pérdida de oportunidad” de ser tratado a tiempo.

En cuanto a la cuantía de esa indemnización, estima proporcionado el porcentaje del 20% sobre la cantidad que en principio reclamaba la hermana del fallecido, que ascendía a 81.736,44 euros. Es decir, algo más de 16.000 euros.

Los familiares presentaron esta reclamación patrimonial a la administración sanitaria de forma paralela a las diligencias previas que se abrieron en un juzgado de Las Palmas de Gran Canaria por los mismos hechos y que concluyeron con un auto de archivo.

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