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Los gerentes de empresas dependientes de la administración se elegirán por concurso público

El presidente del Gobierno de canarias, Angel Víctor Torres, y los consejeros de Justicia, Julio Pérez; Economía, Carolina Darias, y Sanidad, María Teresa Cruz.

EFE

Santa Cruz de Tenerife —

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El Consejo de Gobierno de Canarias ha acordado este viernes que los gerentes de las empresas públicas serán contratados mediante convocatoria pública y abierta.

El Gobierno, según ha especificado su portavoz y consejero de Presidencia, Julio Pérez, ha aprobado las nuevas instrucciones de selección de directivos para ganar “en eficacia y transparencia” en sintonía de los objetivos de desarrollo sostenible.

El Ejecutivo considera que la dirección de las sociedades mercantiles públicas requiere de un equipo humano que reúna un conjunto de aptitudes y actitudes, de capacitación, habilidades directivas y liderazgo, seguimiento de objetivos, control de gestión, cuadro de mandos e indicadores de evaluación, que permitan una mayor eficiencia en la organización y en la prestación de los servicios que tienen encomendadas, según indica una nota

Las empresas públicas canarias manejan un volumen de recursos económicos de cerca de 200 millones de euros anuales.

En este caso, el Gobierno da instrucciones a todos sus representantes para la profesionalización de los equipos directivos de las sociedades públicas, de forma que se seleccionarán a través de procedimientos que garanticen los principios de publicidad, concurrencia, igualdad, mérito y capacidad.

La publicidad se efectuará, al menos, mediante un anuncio en el Boletín Oficial de Canarias y los requisitos de acceso al puesto serán de carácter general, de forma que no se límite la concurrencia, si bien se tendrá en cuenta la experiencia administrativa y de gestión, preferentemente en el sector público, así como la idoneidad para la función a desarrollar.

Según el acuerdo adoptado hoy, el personal directivo dispondrá de contrato laboral de alta dirección y no estará sujeto a negociación ni convenio colectivo, pero sí a la normativa sobre incompatibilidades, así como a la declaración de bienes y actividades. 

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