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Un juzgado de Barcelona avala el recorte salarial a los controladores

El Juzgado de lo Social número 33 de Barcelona ha desestimado las demandas presentadas contra Aena por el ex presidente de la Unión Sindical de Controladores Aéreos (USCA), Juan María García Gil, y por nueve controladores aéreos más, por el recorte de sus salarios.

En la sentencia, el juez entiende que, si bien es cierto que sus condiciones contractuales han cambiado sustancialmente -motivo de la demanda-, este recorte responde a que habían conseguido unas condiciones laborales y económicas “absolutamente desorbitadas, sin parangón alguno en el sector público”.

El escrito reconoce que algún proceso judicial justificó sus sueldos argumentando que están sometidos a un “notorio” estrés psíquico al tener a su cargo vidas humanas, pero deja claro que esta gran responsabilidad la comparten otros empleos públicos y su retribución no alcanza “ni una cuarta, quinta o sexta parte” de lo que percibían estos controladores, por lo desestima la demanda explicando que Aena aplicó una normativa del todo constitucional.

Según informó el Aeropuerto de Barcelona en un comunicado la semana pasada, el 18 de febrero de 2010 García Gil pidió la extinción de su contrato pidiendo una indemnización de 45 días por año trabajado, al entender que le habían modificado “sustancialmente” las condiciones de trabajo al aplicarle el recorte de sus sueldos, una petición denegada por Aena.

Después, el ex presidente de USCA manifestó en junio su intención de continuar trabajando y no jubilarse, pese a cumplir 65 años, aduciendo que el convenio establecía que la jubilación forzosa a los 65 años había sido invalidada por el Tribunal Supremo.

Tras estos hechos decidió poner la demanda contra Aena por la modificación de sus condiciones laborales --el recorte salarial entre otros-- y por su jubilación a los 65 años.

El juez ha recordado que la medida, tomada por Real Decreto y por ley, que modificaba las condiciones laborales de los controladores aéreos fue declarada constitucional por parte de la Audiencia Nacional al entender que tales modificaciones eran “necesarias, idóneas y proporcionales a la intervención legislativa”.

Insiste el magistrado en explicar que las modificaciones retributivas responden a la “estricta” aplicación por parte de Aena de las citadas normas.

Sobre la segunda demanda, aclara, del mismo modo, que la jubilación forzosa a los 65 años es “plenamente constitucional”, hecho ratificado por la Audiencia Nacional.

Siete demandantes cobraban más de 350.000 euros

Siete de los nueve controladores que presentaron la demanda y que han sido respondidos mediante otra sentencia por el juez del mismo juzgado, cobraban más de 350.000 euros y dos de ellos cobraban más de 150.000.

Y es que según los informes de la Dirección General de Aviación Civil y Eurocontrol sobre la situación de Aena, los costes totales del sistema español de tránsito Aéreo y comunicación navegación y vigilancia son los más altos de Europa, como también lo son los costes por controlador al año, que ascienden a 343.000 euros de media.

El juez recoge en el escrito los momentos en los que los controladores se han negado a hacer horas extras cuando parte de sus compañeros estaban de baja, las diversas protestas que el colectivo ha llevado a cabo y los intentos por parte de la empresa Aena -única que ofrece este servicio- para llegar a un acuerdo.

En la sentencia se puede leer una misiva de Aena remitida a los controladores explicándole que tras 65 reuniones con sus representantes sindicales, por el bloqueo de las negociaciones y su posición inmovilista, aplicarán el Real Decreto que en ese momento entraba en vigor.

Por eso concluye que ha quedado acreditada la imposibilidad de reparar la actuación por la vía de la negociación colectiva y ha determinado la “idoneidad de la intervención del legislador”, tal y como recogía la sentencia de la Audiencia Nacional, que ya validó su constitucionalidad y que ahora el juzgado confirma.

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