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Las menores deberán acreditar ante el médico que han informado a sus padres

MADRID, 25 (EUROPA PRESS)

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes dos reales decretos que desarrollan la Ley de Salud Sexual y Reproductiva e Interrupción Voluntaria del Embarazo que entrará en vigor el próximo 5 de julio, y en los que se establece que las menores de 16 y 17 años tendrán que informar a sus padres si quieren abortar y “acreditar” ante el médico que han cumplido con este requisito.

Según explicó en rueda de prensa la vicepresidenta Primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, una de las normas aprobadas “regula el deber de las jóvenes de 16 a 17 años que decidan interrumpir su embarazo, de informar a sus padres o representantes legales y acreditar esa información cuando acudan a un centro con el deseo o la intención de solicitar una interrupción de su embarazo”.

Asimismo, el desarrollo de la ley señala que los abortos se practicarán en la red sanitaria pública o los centros acreditados y vinculados a la misma y aclara que si un centro público no puede atender “a tiempo” una solicitud de interrupción de embarazo de una mujer, reconocerá el derecho de ésta a acudir “a cualquier centro acreditado”.

Estos reales decretos han regulado asimismo, “la naturaleza, composición y funcionamiento del comité clínico encargado de constatar la existencia o no de enfermedades previamente diagnosticadas” y la información previa al consentimiento de la mujer, “que se realizará en tres fases”, conforme adelantó De la Vega.

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