La madre que perdió la custodia de su hija por 'alienación parental' se niega a entregarla al padre

La niña de Manresa que este lunes debía ser entregada a su padre tras perder su madre la custodia por alentar fobias contra su progenitor, no se entregó en cumplimiento de la sentencia judicial porque la madre considera “que hasta que no se resuelva el recurso no debe hacerse efectiva”.

En declaraciones, la madre estima que “igual que ante una sentencia para demoler una casa ésta no se hace efectiva hasta que se resuelven todos los recursos”, la niña debe seguir con ella hasta que se resuelva el recurso que han presentado sus abogados.

También ha negado que la familia haya abandonado el domicilio familiar, y tras puntualizar que desconocía si este lunes los abuelos paternos de la niña acudieron a recogerla, porque estaban todos fuera de casa, insistió en que “la niña fue a la piscina y que por la noche todos hemos dormido en casa”.

Considera además que el padre, “con toda la presión mediática a la que nos está sometiendo, solo hace daño a una personita de ocho años que es su hija, y que por mucho daño que me quiera hacer a mí, es a ella a la que perjudica”.

Estaba previsto que la niña fuera entregada este lunes a sus abuelos paternos, pero en la vivienda de la niña, según ha denunciado el padre, no había nadie cuando en compañía de sus abogados acudieron al domicilio familiar para recogerla.

Una juez de Manresa (Barcelona) otorgó al padre la custodia de su hija, por un período de seis meses, para intentar remediar la aversión que la niña siente hacia él y que, según la sentencia, ha sido inculcada por la madre, al haber impedido que le viera desde su separación.

En la sentencia, pionera en Cataluña, el juzgado de primera instancia número 4 de Manresa no sólo concedió la custodia al padre, sino que también acordó suspender cualquier contacto de la niña, de 8 años, con su madre y con su familia materna durante esos seis meses, hasta que esté acreditado que la menor haya superado el “síndrome de alienación parental” o la aversión que siente hacia su progenitor.

Durante el primer mes la pequeña debe pasar a residir al domicilio de los abuelos paternos, en donde podrá ser visitada por su padre, pero sin que éste pueda pernoctar en esa casa. Posteriormente, si los especialistas lo consideran oportuno, pasará a vivir con su progenitor.

La misma juez ha dictado un auto en el que acuerda, a instancias de la fiscalía, abrir diligencias contra la madre de la niña y sus abuelos maternos, por un delito de sustracción de la menor y otro de abandono de menor, por haber incumplido el régimen de visitas con su padre, establecido desde el divorcio, en enero del año 2004.

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