Santa Cruz prohíbe a la Refinería transportar sus residuos y anula los beneficios fiscales

Vista parcial de las instalaciones de la Refinería de Santa Cruz de Tenerife.

Noé Ramón

Santa Cruz de Tenerife —

El Ayuntamiento de Santa Cruz ha prohíbido a la Refinería que lleve cabo el autotraslado de residuos y anula los beneficios fiscales que hasta el año 2013 tenía la industria. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dado la razón a la Corporación local después de que Cepsa presentara el correspondiente recurso.

Esta actividad produjo en el año 2011 alrededor de 391,2 toneladas de residuos sólidos urbanos, a las que hay que añadir 9,2 de vidrios, y 420 kilos de cartón. Todo ello supone alrededor de 401 toneladas por ejercicio sin compactar, lo que implica algo más de una tonelada y 7.256 litros diarios.

La Refinería alegó, sin éxito, que la retirada de las bonificaciones y la prohibición de llevar a cabo el autotraslado de residuos da lugar a su depósito en la vía pública con las consiguientes consecuencias sobre la seguridad.

El TSJC en una sentencia firme dada a conocer ahora señala que estas cuestiones no están previstas en la correspondiente ordenanza.

Las discrepancias surgen porque la Ley de Residuos de Canarias estipula que la pequeña chatarra y madera no deben ser considerados residuos sólidos urbanos, lo que se contrapone según los abogados de la Refinería, con lo contemplado en la ordenanza municipal. “Dada la naturaleza y cantidad de dichos residuos que derivan de la singular actividad de la Refinería, no pueden ser asimilados a desechos urbanos como si fuera una fábrica taller o almacén”.

La sentencia determina que la resolución en la que se prohibía el autotraslado y retiraban las correspondientes bonificaciones fiscales no determina la forma en que ha de prestarse el servicio.“Esta es una decisión diferente y posterior, susceptible de un recurso independiente, en su caso. Esta decisión sobre cómo se ha de prestar el servicio no ha sido recurrida”, indica el tribunal.

La ordenanza fija el peso y volumen de residuos sólidos, en función de promedios diarios en relación a todos los días del año con independencia de aquellos en los que efectivamente hay actividad y producción de residuos sólidos. De esta manera se evita perjudicar a las actividades que no se paralizan sábados, domingos y festivos.

El TSJC considera que la Refinería debe estar en condiciones de demostrar que cumple con lo estipulado en la ordenanza cuando así lo requiera la Administración.

Etiquetas
stats