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La Justicia tumba el recurso de Coalición Canaria contra la composición plural de las comisiones del pleno de La Laguna

José Alberto Díaz (Coalición Canaria), exalcalde del Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna

Natalia G. Vargas

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La Justicia ha tumbado el recurso de Coalición Canaria contra la composición de las comisiones del pleno del Ayuntamiento de La Laguna y ha condena al partido a pagar al menos 2.000 euros de costas procesales. El 7 de octubre de 2019, el exalcalde de la ciudad tinerfeña, José Alberto Díaz, interpuso un recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo por el que se determina el número y composición de las comisiones plenarias de la corporación municipal, que da representación a los grupos minoritarios.

El Pleno del Ayuntamiento de La Laguna está compuesto por 27 concejales. De ellos, nueve son de CC, siete pertenecen al PSOE, cinco a Unidas Podemos y seis son del Grupo Mixto. Este último está integrado por Avante La Laguna, Ciudadanos y el Partido Popular. Así, el consistorio acordó la creación de doce comisiones plenarias con siete miembros cada una, estableciendo que la distribución por grupos municipales quedaría de la siguiente forma: dos miembros de Coalición Canaria, uno del PSOE, uno de Unidas Podemos y tres del Grupo Mixto. Coalición Canaria presentó el recurso por su rechazo a este reparto, alegando que cada grupo político debe tener en las comisiones la misma representación que en el Pleno. Así, el partido nacionalista valoró que existe una “sobre representatividad del Grupo Mixto” en las comisiones en comparación con la que tiene en el pleno.

La resolución, a la que ha tenido acceso este periódico, justifica su fallo apelando al pluralismo político, un “valor jurídico fundamental”. Además, el documento alude a la necesidad de “no hurtar a la minoría la posibilidad de participar con plena eficacia” en los procesos de decisión.

La Justicia insiste en que la importancia de velar por la proporcionalidad no implica que cada una de las comisiones sea reproducción exacta del pleno municipal “a escala menor”. La configuración de las mismas debe “dotar de presencia en ellas a las fuerzas políticas presentes sen el pleno”. “Debe tenerse en cuenta no solo el principio de proporcionalidad, sino el principio de participación política de las minorías”.

Según la resolución emitida por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 1 de Santa Cruz de Tenerife, el acuerdo que Coalición Canaria rechaza no solo ofrece a todos los concejales el derecho a integrar las comisiones, sino que también vela por evitar la sobrerrepresentación de las minorías respecto a los grupos mayoritarios. La herramienta mediante la que consigue este equilibrio es el voto ponderado. El valor del voto de cada uno de los integrantes de las comisiones varía en función de su porcentaje de representatividad en el Pleno.

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