El TSJC sentencia que las obras del colegio La Salle son “ilegales” y carecen de licencia

Imagen de la ampliación del colegio La Salle

N. R.

Santa Cruz de Tenerife —

Un no rotundo es el que se han encontrado los dueños del colegio La Salle de Santa Cruz a la hora de solicitar al Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que avale su petición para que se les conceda la licencia de primera ocupación del nuevo edificio. El Tribunal deja claro que en estos momentos las obras “no tienen licencia y son ilegales”. La Plataforma en contra del Plan General denunció a principios de este mandato al edificio por contravenir el planeamiento en diversos aspectos.

Los propios miembros de la orden religiosa admiten las irregularidades urbanísticas pero indican acto seguido que serán corregidas cuando se apruebe el nuevo Plan General de Ordenación (PGO). En este punto la respuesta del TSJC escontundente: “la legalidad de una edificación debe examinarse a la vista de la legislación vigente. Las expectativas de que una obra pueda ajustarse a la regulación de un plan general en tramitación no tiene relevancia”. Por ello, se niega el derecho a obtener la licencia de primera ocupación en cuanto que para ello sería necesario que las obras se ajustaran a una autorización de obras conforme con la ordenación urbanística.

El fallo desde luego no deja lugar a dudas y sorprende por su contundencia. Los magistrados del TSJC apuntan que si en su momento la licencia de obras no se pudo obtener por silencio positivo porque como los propios dueños del colegio reconocen no se respetaron las normas de retranqueo a linderos, tampoco podrá aprobarse a través de un estudio en detalle. Este último instrumento urbanístico, según el TSJC, “no puede modificar las disposiciones de un plan general en materia de retranqueos. Si contraviene lo dispuesto en una norma superior jerárquica no pueden resultar aprobados por silencio positivo”. Y es que los propios recurrentes reconocen que la licencia de obra solicitada no se ajustó nunca a las normas sobre retranqueos, pero indican que este aspecto estaba ya legalizado mediante un estudio de detalle aprobado por silencio positivo. Además, consideran que las obras podrán adaptarse a la legalidad cuando se apruebe el nuevo PGO.

La Plataforma No a este Plan General de Ordenación de Santa Cruz presentó a finales de 2011 ante la Fiscalía de la Audiencia Provincial un denuncia por la ampliación del colegio al considerar que su construcción es una “ilegalidad”. El abogado de la Plataforma, Felipe Campos explicó que en el planeamiento vigente, “al día de hoy, exige unos linderos con la calle de 5 metros, pero en cambio el edificio está hecho sin ningún metro de separación al lindero; sin retranqueo, la ocupación de la parcela debería ser de un 40%, pero en cambio llega al 60%, incumple la edificabilidad. Hacía falta un estudio de detalle previo para la licencia, pero no existe”, señaló para indicar que a pesar de todo el Ayuntamiento de Santa Cruz expidió la pertinente licencia municipal para las obras.

A su juicio, “con esta calificación urbanística, la de equipamiento público docente, unas personas han conseguido levantar con licencia municipal un edificio absolutamente ilegal, montando un gimnasio casualmente gestionado por Innova, -empresa investigada por supuestamente recibir un trato de favor por parte de algunas instituciones-, y al mismo tiempo un supermercado. Resulta sorprendente que en una parcela de equipamiento público docente se pueda levantar con licencia municipal un edificio con este uso” que no está vigente en el planeamiento que se regula en el PGO de referencia, dijo.

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