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Opinión - Vivir sobre un polvorín. Por Rosa María Artal

Un abogado amigo de Salvador Alba fracasa al intentar imputar a Victoria Rosell una falta disciplinaria

Salvador Alba se abraza con el abogado López Mendoza durante la tercera sesión del juicio contra el juez.

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —

El Tribunal Supremo ha rechazado la pretensión del abogado Eduardo López Mendoza de imputar a la magistrada Victoria Rosell una infracción disciplinaria muy grave que llevaba aparejada la suspensión de funciones durante un mes. El letrado, que formó parte de la Ejecutiva de Vox en Las Palmas y que mantiene una relación de amistad con el juez Salvador Alba, como quedó demostrado con el efusivo abrazo entre ambos durante la tercera sesión del juicio contra el magistrado suspendido, recurrió al alto tribunal el archivo del expediente disciplinario abierto contra Rosell por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a raíz de su denuncia.

López Mendoza achacaba a la actual diputada de Podemos una falta de “desatención en el ejercicio de sus competencias judiciales” por unos hechos ocurridos en 2014 y denunciados en 2016. El letrado acusaba a la jueza de intervenir en una causa en la que figuraba en calidad de investigado por estafa a pesar de que la Audiencia Provincial de Las Palmas no había resuelto el incidente de recusación que había presentado contra ella por “enemistad manifiesta”. El denunciante afirmaba que había participado en dos diligencias en el mes de noviembre de 2014. En concreto, en dos comparecencias del abogado como investigado que fueron suspendidas.

El entonces promotor de la Acción Disciplinaria del CGPJ, Antonio Fonseca-Herrero, aceptó la tesis de esa queja y propuso sancionar a la magistrada. Sin embargo, la Comisión Disciplinaria del órgano de gobierno de los jueces acabó archivando el expediente, con el voto discrepante de su presidente y de una de sus otros seis vocales, ante las contradicciones manifestadas por los testigos y el hecho de que dos funcionarias del juzgado -una tramitadora y una gestora procesal- coincidieran al afirmar que quien dirigió esos dos actos procesales no fue Rosell, sino el letrado de la Administración de Justicia, ya jubilado.

Las trabajadoras relataron que la intervención de la jueza en esas comparecencias se limitó a ofrecer información de la causa de la suspensión y de la imposibilidad de su participación con motivo de la recusación (finalmente rechazada). Explicaron también que la firma de Rosell, que figura en la primera de esas actas de comparecencia, no se registró ese día (11 de noviembre de 2014), sino un tiempo después “por error”, al incluir ese documento en una pila de escritos que debía rubricar.

A raíz de estas declaraciones, la Comisión Disciplinaria del CGPJ concluyó que no había quedado acreditada la concreta intervención de la magistrada en el desarrollo de la comparecencia ni su alcance y, además, precisó que Rosell no participó en ningún acto desde que se apartó formalmente, por lo que decretó el archivo de la queja.

El Supremo ha resuelto ahora el recurso de López Mendoza contra ese archivo. El abogado consideraba que la jueza dirigió el acto con la finalidad de obtener la declaración del imputado, es decir, los mismos argumentos que había esgrimido en la queja inicial al órgano de gobierno de los jueces. Sin embargo, el alto tribunal ha rechazado sus pretensiones al entender, al igual que la Abogacía del Estado, que un denunciante no está legitimado para recurrir una decisión del CGPJ salvo que esté “razonablemente motivada” y vaya precedida de una suficiente comprobación e investigación de hechos nuevos con respecto a la queja y relevantes, circunstancias que en este caso no han concurrido.

“No se pretende la realización de actividad alguna de averiguación por parte del Poder Judicial en el marco del expediente disciplinario incoado tras su denuncia”, concluye la resolución del Supremo, que además impone el pago de las costas procesales al abogado.

López Mendoza estuvo imputado por Rosell, titular del Juzgado de Instrucción 8 de Las Palmas de Gran Canaria, en al menos dos causas, aunque ambas acabaron siendo archivadas. En una de ellas tuvo una intervención crucial el magistrado Salvador Alba, que decretó el sobreseimiento libre de una denuncia contra el letrado por apropiación indebida durante el periodo en el que sustituyó a la ahora diputada de Podemos en su primera incursión política. En esa causa ya había intervenido Alba previamente desde su plaza en la Audiencia Provincial.

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