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La Audiencia de Las Palmas absuelve a los tres procesados del caso Calero

José Luis Mena. (ALEJANDRO RAMOS)

Canarias Ahora

Las Palmas de Gran Canaria —

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha absuelto a José Luis Mena, exjefe de Urbanismo del Ayuntamiento de Telde; a F. M., promotor inmobiliario, y a Juan Fermín Peñate, topógrafo, en el denominado caso Calero, donde se juzgaba si los funcionarios se confabularon con al empresario para permitirle la construcción de 76 viviendas en la Unidad de Actuación El Calero Alto 2, en la carretera entre Telde y Melenara, según ha adelantado Teldeactualidad.

La denuncia fue presentada por Miguel Ángel Rodríguez, propietario de una vivienda situada en esta unidad de actuación, un inmueble que el Ayuntamiento obvió en el proyecto de reparcelación desarrollado a iniciativa de la empresa Telpan, administrada por Machín, en 2004.

La sentencia, que tiene a Carlos Vielba como ponente, pero que también firma el magistrado Salvador Alba, investigado por los presuntos delitos de prevaricación, coacciones y negociaciones prohibidas a funcionarios públicos por su reunión con el empresario Miguel Ángel Ramírez para fabricar una declaración contra la jueza Victoria Rosell, acepta la tesis de la defensa, que reduce toda la trama a una concatenación de errores administrativos.

La Fiscalía pedía una pena de cinco años de prisión y catorce de inhabilitación para el exjefe de Urbanismo de Telde, José Luis Mena, en la actualidad en la cárcel por otras causas. Para el promotor F. M. solicitaba cinco años de inhabilitación al considerarlo inductor de un delito de prevaricación. Al topógrafo Juan Fermín Peñate lo acusaba de un delito de falsificación de documento público, con una pena de cuatro años de cárcel y cinco meses de inhabilitación.

La acusación particular, ejercida por el abogado José Manuel Rivero en representación de Miguel Ángel Rodríguez, reclamaba además cinco años de prisión para F. M. y una indemnización de 90.000 euros por daños morales.

El Ministerio Público acusaba a José Luis Mena de sustituir el preceptivo informe técnico sobre el proyecto de reparcelación que debía elaborar el arquitecto municipal por uno de Jesús Álvarez, redactor del Plan General de Telde sin relación laboral ni funcionarial con el Ayuntamiento y, a su vez, trabajador del despacho que llevaba el proyecto de Telpan para urbanizar la parcela. Un perito ratificó en la segunda sesión del juicio que la firma del arquitecto municipal, Miguel Ángel Zurita, había sido falsificada en la propuesta de resolución del ex jefe de Urbanismo.

El topógrafo Juan Fermín Peñate estaba procesado por el levantamiento planimétrico que se incorporó al expediente a propuesta de José Luis Mena, un plano en el que no figuraba la vivienda del denunciante con el objetivo, según la Fiscalía y la acusación particular, de “falsear la realidad”. De esta “concatenación de errores”, como la definieron los acusados en el juicio, se habría aprovechado el empresario, que habría conseguido agilizar la construcción de las viviendas. A F. M. se le consideraba el inductor de la confabulación ahora negada por la Audiencia Provincial de Las Palmas, “el autor detrás de los autores”, según la acusación.

Para la Audiencia, sin embargo, ninguna de las actuaciones practicadas confirma que existiera una connivencia entre el exjefe de Urbanismo del Ayuntamiento de Telde y el empresario F. M. para que el entonces funcionario municipal, ahora inhabilitado, “faltando a los deberes de velar por la correcta ordenación urbanística del Ayuntamiento, por un lado dictara a sabiendas resoluciones injustas para beneficiar a aquel (al promotor)”, ni para que “este mismo jefe de servicio falseara la firma de un asesor municipal con el fin de aparentar la corrección del expediente”.

Tampoco considera acreditado que Mena influyera en Peñate para que este levantara un plano que sólo tenía en cuenta las propiedades de la empresa Telpan y no los otros terrenos de la unidad de actuación, entre ellos los del denunciante.

La sentencia, contra la que cabe interponer recurso de casación en el plazo de cinco días, rechaza la solicitud de la defensa del empresario F. M. de imponer el pago de las costas procesales al denunciante por un supuesto “exceso de acusación”, al haber incorporado en su escrito de calificación los delitos de falsedad de uso y estafa.

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