La Audiencia condena a ocho años y medio de cárcel al autor del incendio de Gran Canaria de 2007

Juan Antonio Navarro Armas, autor del incendio de Gran Canaria en 2007

Efe

Las Palmas de Gran Canaria —

La Audiencia de Las Palmas ha condenado a ocho años y medio de cárcel al trabajador forestal que provocó el incendio que quemó casi 20.000 hectáreas de terreno en Gran Canaria en 2007, en un fallo que no admite más indemnizaciones que las ya aceptadas por las administraciones. El procesado había ya pactado con la Fiscalía de Medio Ambiente esta pena de ocho años y medio de prisión, de los que tan solo tendrá que cumplir cinco ya que estuvo en prisión preventiva durante tres años y medio.

La sentencia se ha hecho pública cuando se han cumplido ya más de diez años de aquel gran incendio, uno de los más graves que ha sufrido Canarias en toda su historia, y tras un juicio en el que el procesado, Juan Antonio N.A., reconoció expresamente su culpabilidad y se mostró conforme con la pena pedida por el Ministerio Fiscal.

De hecho, durante el juicio sólo se discutió en realidad las indemnizaciones que solicitaba la sociedad propietaria del zoológico Palmitos Park, que exigía 6,83 millones de euros adicionales a los 11,64 millones que ya había ingresado en su día de la compañía aseguradora de la empresa pública para la que el acusado trabajaba en la campaña de prevención y control de incendios forestales.

La sentencia de este procedimiento confirma al Gobierno de Canarias y al Cabildo de Gran Canaria como responsables civiles subsidiarios de los daños que ocasionó Juan Antonio N.A., ya que trabajaba para la empresa autonómica Gesplan, que a su vez se ocupaba de esas funciones por encargo de la corporación insular.

Las dos administraciones habían llegado a un acuerdo con los más de 70 perjudicados para reconocer su deuda con ellos y proceder de inmediato al pago, lo que permitió que la vista oral se concentrara en unos pocos días, cuando se preveía que el juicio durara meses.

Gran parte de los debates durante la vista oral giraron en torno a la deuda que reclamaba Asproparks, cuyos letrados sostenían que Palmitos Park había soportado pérdidas muy superiores a los que recogía el perito que resolvió la controversia entre las partes.

El magistrado Salvador Alba desestima sus pretensiones porque existe constancia de que Asproparks firmó en su momento su conformidad con el procedimiento por el que se designó un perito independiente que fijara los perjuicios, en vista de que los valoraciones de las partes eran sustancialmente diferentes.

Alba subraya además que Asproparks cobró de la compañía aseguradora 11,64 millones de euros, cuando ese informe independiente cifraba sus daños en menos cantidad, 10,23 millones.

“Así, cabe concluir que Asproparks ha sido debidamente reparada de los daños que le fueron causados en su día mediante el abono de esa indemnización por la compañía aseguradora, superior a la que este tribunal considera acreditada en los presentes autos”, añade.

En cuando a cómo ocurrieron los hechos, el juez se remite al veredicto del Jurado para determinar que el procesado inició el fuego con la intención de “demostrar que no se podía prescindir del personal laboral en la lucha contra los incendios forestales” (su contrato temporal finalizaba con la campaña de ese verano).

Con ese propósito, Juan Antonio N.A. decidió aprovechar sus conocimientos técnicos para prender fuego a una zona de pinocha donde sabía que el fuego se iba a propagar con rapidez (los técnicos describieron el lugar como “una auténtica gasolinera”) y en unas condiciones meteorológicas muy propicias para un incendio.

La sentencia remarca que, “mediante el simple mecanismo de encender una cerilla”, el procesado provocó un incendio que tuvo en jaque durante días a numerosos servicios de extinción y quemó 19.291 hectáreas de terreno, el 87% de ellas en espacios protegidos.

El juez concede al acusado dos atenuantes: su confesión y colaboración con la Justicia y las dilaciones que ha sufrido el proceso, ya que entiende que todo procedimiento que tenga “tan extraordinaria duración”, diez años, “es un fracaso para la Administración de Justicia”.

Etiquetas
stats