Una jueza reprocha a los promotores de Siam Park que pretendan obtener los permisos “al margen de la legalidad”

Obras de canalización en el barranco de El Veril para la construcción del Siam Park

Canarias Ahora

Las Palmas de Gran Canaria —

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El Juzgado Contencioso-Administrativo número 4 de Las Palmas de Gran Canaria ha avalado la resolución de la Junta de Gobierno de San Bartolomé de Tirajana que denegó, en abril de 2018, la licencia de obra al grupo Loro Parque para la construcción del Siam Park en la zona de El Veril, en Playa del Inglés. La magistrada titular, María del Carmen Monte, ha desestimado el recurso presentado por los promotores, a quienes reprocha además que hayan pretendido obtener los permisos “al margen de la normativa legal vigente”.

En una sentencia fechada el pasado 31 de octubre, la jueza rechaza todos los argumentos esgrimidos por Loro Parque, que alegaba, entre otras cuestiones, “la falta de interés” del Ayuntamiento y su actitud “obstruccionista” con un proyecto declarado de interés general y estratégico para Gran Canaria. La empresa llegó a hablar incluso de “desviación de poder”.

La resolución judicial ve ajustada a derecho la decisión del Ayuntamiento de denegarle los permisos, ya que no contaba con los proyectos de reparcelación y urbanización requeridos “El hecho de que el suelo cuente con ordenación pormenorizada, en virtud del Plan de Modernización y Mejora (de El Veril), no conlleva un derecho automático a edificar”, expone.

Con relación a la falta de interés del Ayuntamiento, la sentencia expone que se trata de una “mera alegación subjetiva no avalada por prueba alguna” y recuerda que el grupo de gobierno municipal ya otorgó permiso de obras para la canalización de El Veril y que el pleno aprobó una moción en apoyo de la implantación en el lugar del parque acuático que pretende dar un nuevo impulso a la principal zona turística de Gran Canaria.

Tampoco aprecia una demora injustificada en la tramitación del procedimiento. Loro Parque sostenía que el retraso era de un año. La jueza, sin embargo, precisa que la solicitud de licencia se presentó el 18 de enero de 2018 y el acto administrativo denegatorio es de abril, es decir, tres meses después. La sentencia remarca que los promotores confunden la resolución por la que se demanda, el rechazo a la licencia de obra, con los expedientes para la reparcelación y urbanización del solar que no habían sido aprobados.

Loro Parque acusó a la Junta de Gobierno local de desviación de poder por “haber acudido a un eterno trámite de subsanación para dar una apariencia de legalidad (a la supuesta obstrucción a la justicia), trasladando a la empresa la responsabilidad del retraso”. El juzgado subraya que, si bien es cierto que se han realizado varios requerimientos de subsanación en el expediente, no se ha acreditado que ninguno de ellos haya sido improcedente, por lo que entiende que faltan pruebas para demostrar ese supuesto interés del Ayuntamiento en boicotear el proyecto.

Los promotores recurrieron también a varios artículos de la Ley del Suelo para justificar su demanda. En concreto, el que establece la posibilidad de simultanear las obras de urbanización y edificación. La sentencia recuerda que esta opción también está condicionada a la previa aprobación de los proyectos de reparcelación y urbanización.

Sobre el hecho de que el proyecto haya sido declarado de interés general y estratégico, el fallo precisa que “en ningún modo significa que la licencia deba ser concedida al margen de la normativa legal vigente, que es lo que parece pretender” la empresa.

La sentencia se puede recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).

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