El Supremo confirma ocho años de cárcel a un masajista por abusar sexualmente de dos mujeres en un centro termal

Balneario de Almeida en Zamora

Efe

Zamora —

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El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de ocho años de prisión para el director de un centro termal de la provincia de Zamora, A.A.M., por dos delitos de abusos sexuales a clientas canarias que contrataron sus servicios para que les diera un “masaje de autor” durante un retiro espiritual en el centro.

El Supremo ha inadmitido el recurso presentado por la defensa del condenado y hace firme la sentencia, aunque con la posibilidad de recurrirla ante el Tribunal Constitucional, según han informado  fuentes de la acusación particular, que ejerce la asociación Adavas de ayuda a víctimas de agresiones sexuales.

Los hechos se remontan a principios del mes de agosto del año 2015, cuando las víctimas, que no se conocían previamente, asistieron a un retiro espiritual al balneario de Almeida.

El responsable del centro termal aprovechó los masajes que habían contratado las víctimas para cometer los abusos sexuales al introducir en ambos casos los dedos en la vagina y en uno también el pene, según recogió la sentencia.

Durante el masaje, el condenado utilizó un cuchillo de hueso que puso sobre la cabeza y el cuello a las víctimas, a las que el miedo, el estado de nerviosismo y el bloqueo mental les impidió reaccionar al sufrir los abusos.

El condenado en ningún momento informó del contenido sexual del masaje, pero se “extralimitó” en su función como masajista y tuvo una “finalidad lasciva”, según la sentencia ahora confirmada que dio verosimilitud al testimonio de las víctimas y otros asistentes al retiro espiritual a los que posteriormente confesaron lo ocurrido.

Adavas ha resaltado que el fallo judicial, a iniciativa de esta asociación que ejerció la acusación particular, inhabilita al condenado para ejercer como masajista durante seis años, tiempo en el que tampoco podrá contactar ni acercarse a las víctimas, a las que indemnizará con 3.000 euros a cada una. 

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