El TSJC rechaza parar cautelarmente las obras de la Metroguagua en la capital grancanaria

Obras de la MetroGuagua en Pío XII

Efe

Las Palmas de Gran Canaria —

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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado la decisión del juzgado que rechazó paralizar las obras de la Metroguagua en Las Palmas de Gran Canaria por razones de interés general, a las que añade otra: el posible “caos” que una medida así crearía en la ciudad.

El TSJC ratifica así la decisión que tomó en mayo del año pasado el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de la capital grancanaria, que no vio motivos suficientes en la petición planteada por una asociación de vecinos de Ciudad Jardín para suspender de forma cautelar las obras, hasta que se resuelvan los recursos.

El juez que examinó la demanda en primera instancia no solo expuso en su auto que tenía “dudas razonables” sobre la legitimación de esa asociación para impugnar el nuevo sistema de transporte público de la ciudad, sino que además entendió que ese colectivo vecinal no había aportado motivos de “nulidad grosera o manifiesta” que aconsejaran parar las obras mientras se tramita su recurso.

En esas circunstancias, el magistrado entendió que, en tanto se examina el fondo del asunto, debe primar “el interés general” por encima del interés particular de ese colectivo de vecinos y de la defensa “en abstracto” del medio ambiente que invocan.

Y, a su juicio, en este litigio sobre la Metroguagua de la capital el interés general está “representado por la necesidad de dotar a la ciudad de un sistema de transporte público más rápido y eficaz que el que existe en la actualidad y que exige la realización de múltiples obras que afectan a todos los ciudadanos”.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC respalda los razonamientos de ese juzgado y añade tres motivos más. En primer lugar, apunta que suspender una obra pública como esta, “de enorme envergadura”, generaría perjuicios a los contratistas que se ocupan de sus diferentes tramos y pondría en riesgo la conservación de lo realizado hasta el momento.

En segundo, el TSJC no acepta entrar a valorar si, como alega este colectivo vecinal, el transporte público de la ciudad ya está bien servido con las líneas de guaguas existentes, porque esa discusión atañe a una “opción política”.

La Sala recuerda, al respecto, que su competencia consiste en revisar la legalidad de las decisiones públicas, no en controlar “elementos más intensamente políticos”, como el de optar por un modelo de transporte u otro, lo que “en un sistema democrático deberán valorar los ciudadanos/as de la ciudad y no los tribunales”.

Y por último, advierte de que parar en este momento las obras de la Metroguagua afectaría “a los derechos de todos los ciudadanos/as de Las Palmas de Gran Canaria”, al generar una situación en la ciudad baja “que podría llegar a ser caótica”. 

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