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La Audiencia anula el auto del juez que prohibió a Canarias Ahora emitir un vídeo de Salvador Alba

Canarias Ahora

Las Palmas de Gran Canaria —

Casi un año después, la Justicia desdice a la Justicia para dar la razón a Canarias Ahora. Un auto de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas, notificado este miércoles, revoca un auto de junio de 2016 por el que se prohibió a Canarias Ahora y a otros dos medios informativos la emisión de un vídeo en el que se ve al magistrado Salvador Alba declarando ante su colega Rafael Passaro, titular de Instrucción 2 de Las Palmas de Gran Canaria. Se trataba de un intento frustrado para que el polémico magistrado, investigado por seis delitos en el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, se ratificara en la denuncia que interpuso contra Miguel Ángel Ramírez por la grabación de marzo de ese año en la que se descubren sus amaños para perjudicar a la diputada de Podemos Victoria Rosell.

El juez Passaro ordenó, bajo la advertencia de acusarnos de un delito de desobediencia, que retiráramos de nuestro periódico ese vídeo por considerar que podrían vulnerarse los derechos que como “víctima” presuntamente asistían a Salvador Alba. La decisión del juez respondía de inmediato a un escrito presentado por el abogado de Salvador Alba, Nicolás González-Cuéllar Serrano, a su vez letrado de José Manuel Soria, exministro de Industria, en varios procesos aún vivos.

La magistrada Pilar Parejo, ponente del auto hecho público este miércoles, considera que debe revocarse aquella decisión del juez Passaro porque “la medida cautelar acordada (…) no es necesaria, en este caso, ni para proteger a la presunta víctima del delito que se investiga ni para garantizar la reserva de las diligencias de instrucción, y por el contrario limita el derecho a la libertad de información”.

Los abogados de Canarias Ahora, Luis Val y Pino de la Nuez, alegaron ante la Audiencia que en la censura impuesta por Passaro no se concretaba el tipo de daño que se infligía con la divulgación de la noticia y que su publicación estaba amparada por el derecho a la información consagrado en el artículo 20 de la Constitución al tratarse de un hecho veraz y de relevancia pública que precisaba del vídeo censurado para una mejor comprensión de la pieza.

El Ministerio Fiscal se adhirió al recurso de este periódico afirmando que la decisión del juez Passaro no era “la más prudente” en este caso por “restringir el derecho fundamental [a la libertad de información] sin que se haya concretado ni tan siquiera mínimamente el perjuicio o perjuicios que teóricamente se evitan a la presunta víctima con la divulgación de su imagen en dicho acto”.

La magistrada ponente pondera en su auto si está justificada la limitación del derecho a la libertad de información impuesta por Rafael Passaro y concluye que no. Entre otros extremos, recuerda que Salvador Alba, el que reclamaba que se impusiera esa censura que el juez aceptó, denunció un delito de revelación de secretos (la difusión por Miguel Ángel Ramírez de la grabación de 13 de marzo de 2016) y que “renunció a su anonimato haciendo un comunicado de prensa en el que hace constar que ha ejercitado la acción penal correspondiente (…) solicitando el oportuno cotejo y pericial acústico forense oportuna a fin de determinar su autenticidad [de la grabación] y la ausencia de manipulación”. Además, “concedió entrevistas en televisión en las que se ve y se oye su voz, por ejemplo, en el programa Espejo Público, de Antena 3, en Buenos Días Canarias (Televisión Española en Canarias (sic), en el mes de abril de 2016, es decir, apenas dos meses antes de la declaración objeto de este recurso, en las que respondía a preguntas sobre temas anteriores pero relacionados con los hechos origen de su denuncia y posteriormente a ésta. Por ejemplo, el 12 de mayo de 2016 fue entrevistado en el programa El Cascabel (13TV) sobre los hechos objeto de la denuncia, si bien en este caso sólo se oye su voz”.

Además, “lo que se denuncia nada tiene que ver con su vida privada, con lo cual consideramos que la divulgación de la grabación de su declaración como denunciante, que finalmente no se llegó a realizar, no afecta ni a su intimidad ni a su dignidad, ni al respeto debido a él o a su familia, y por tanto la medida cautelar adoptada no es necesaria para proteger al denunciante como presunta víctima del delito que se investiga”.

La denuncia de Salvador Alba contra Miguel Ángel Ramírez fue finalmente archivada después de que el magistrado la retirara y la Fiscalía, tras varias averiguaciones, no observara delito.

Solo Canarias Ahora recurrió el auto de censura.

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