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Opinión - Vivir sobre un polvorín. Por Rosa María Artal

Condenados dos sindicalistas por agredir a otro en una asamblea de trabajadores

Grabación del incidente en las aulas de docencia del Hospital Doctor Negrín.

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —

Fue interceptado en el umbral de la puerta, agarrado por los brazos y por el cuello y barrido con una zancadilla hasta caer al suelo, desde donde escuchó cómo le llamaban “machango de mierda”. Estos son, al menos, los hechos probados que refleja el juez Javier García García-Sotoca, titular del Juzgado de Instrucción número 7 de Las Palmas de Gran Canaria, en una sentencia en la que condena a dos miembros de Intersindical Canaria (IC) por agredir y vejar a otro sindicalista al que impidieron la entrada en una asamblea de trabajadores en el Hospital Doctor Negrín de la capital grancanaria.

El incidente tuvo lugar el 21 de mayo de 2014 en las aulas de docencia del centro hospitalario. Miguel Ángel Morales, que había sido expedientado unos días antes tras haber convocado junto a otros compañeros de la Federación de Salud de IC en Gran Canaria un congreso extraordinario y haber denunciado irregularidades en la contabilidad de esta sectorial, intentaba acceder al recinto cuando fue abordado por Rafael Suárez, uno de los denunciados por el presunto desfalco (admitió haber recibido 2.500 euros como “anticipo para cursos” y prometió devolverlos), y por Isabel Fuentes, también afiliada a la central.

Según la sentencia, fechada el 28 de febrero pero conocida ahora, el primero de ellos cogió por el cuello a Morales y la segunda lo agarró por los brazos para después trabarle las piernas y tirarlo al suelo. En el juicio oral, ambos admitieron que hubo un forcejeo, pero negaron que tuvieran intención de agredirle. Sostuvieron, por el contrario, que fue Morales quien se dejó caer cuando notó el contacto. Rafael Suárez sí reconoció que le insultó cuando estaba en el suelo.

Como consecuencia de estos hechos, Morales sufrió lesiones en los brazos, en la zona anterior del cuello y en la cadera derecha, además de una crisis de ansiedad y una reacción hipertensiva.

La sentencia, que no es firme -los denunciados ya han recurrido a la Audiencia Provincial-, condena a Suárez a dos meses y 20 días de multa a razón de 7 euros diarios por una falta de lesiones y otra de vejaciones y a Fuentes, a dos meses de multa con una cuota diaria de 6 euros por una de lesiones. Además, deberán indemnizar al afectado con 98 euros por los dos días no impeditivos que tardaron en curarse las heridas.    

Informe médico y grabación                  

El magistrado expone su “intima convicción” de que los hechos sucedieron tal y como relató el denunciante en el juicio oral, celebrado el 26 de febrero después de haber sido suspendido en dos ocasiones. Según García-Sotoca,  Morales fue “firme y coherente” en su versión y mantuvo “el mismo hilo conductor”. A ello se le suma el informe “imparcial” del médico forense, que objetiva lesiones “totalmente compatibles con la agresión descrita”, y la declaración de uno de los testigos, que grabó lo acontecido y que fue “preciso” ciando explicó cómo Suárez empujó al denunciante y Fuentes le zancadilleó.

En la grabación se observa el movimiento “ágil y contundente” de la sindicalista denunciada, que “en modo alguno es un gesto de quien acompaña a otro en su caída”, según el juez, que precisa que a Suárez no se le ve porque está bajo el dintel.

Con respecto a la falta de vejaciones, ­­­subraya que las expresiones proferidas, “cuando además el perjudicado se encontraba en el suelo, a causa de mano airada, en su conjunto representan un cuadro de humillación para el ofendido”.

En su argumentación, el juez también alude al contexto en el que se produce la agresión y se sorprende de que los miembros de un sindicato impidan “manu militari” a otro miembro acceder a la asamblea, una conducta que, en su opinión,  “no se compadece ni con un espíritu democrático ni con el respeto a la libertad de otro sindicalista” y que merece, por ello, “el reproche penal en su máxima extensión”.

Por su parte, el afectado recalca que IC “no ha aplicado” sus propios estatutos, que estipulan que ante la evidencia de cualquier agresión se debe abrir expediente y suspender de forma cautelar al afiliado. Otra reciente sentencia obligó a este sindicato a restituir a Morales en todos los cargos que ostentaba antes de su expulsión, al considerar que se había vulnerado el derecho a la libertad sindical.

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