El jurado declara culpable al cocinero acusado de matar a una anciana para la que trabajaba en Gran Canaria

El excocinero de una conocida familia de empresarios indios asentados en Gran Canaria (EFE/Ángel Medina G.)

Efe

Las Palmas de Gran Canaria —

Un tribunal del Jurado ha considerado este jueves, por unanimidad, culpable de la muerte a golpes de la matriarca de los empresarios indios propietarios de la cadena Fund Grube a quien fue cocinero de distintos miembros de la familia durante más de 15 años.

Según ha manifestado su portavoz en la vista celebrada este jueves en la Audiencia de Las Palmas, el Jurado declara probado que Ashoklal G.S., originario de la India, como la fallecida, tocó a la puerta del domicilio de la víctima, situada en el sur de Gran Canaria, a primera hora de la mañana del 4 de enero de 2013.

Además, dada la declaración de un testigo y en base al hecho de que la puerta no fue forzada, el Jurado ha concluido, por siete votos a favor y dos en contra, que la mujer, que en ese momento se encontraba sola en el domicilio, permitió entrar al acusado, quien le pidió poder comer y dormir en la vivienda, una propuesta a la que ésta se negó ofreciéndole a cambio una ayuda económica.

El tribunal también ha estimado de forma unánime que la víctima, de 73 años, fue entonces a su dormitorio para buscar el dinero que le había prometido al imputado, para lo que se sentó en la cama y dejó a un lado el bastón que usaba para desplazarse por su casa.

En ese momento, Ashoklal G.S., “furioso por la negativa” de la mujer a darle cobijo y comida, “la agarró fuertemente por el cuello y, cogiendo el bastón por la parte inferior, le propinó con la empuñadura con gran fuerza tres golpes en la cabeza, dos en la región parietal y uno en la región frontal”, hechos que ha avalado el jurado en virtud del informe pericial elaborado por el Instituto de Medicina Legal.

Con base en ese mismo informe, y con siete votos favorables y dos negativos, el tribunal ha concluido que cuando el procesado agarró por el cuello y golpeó a la fallecida “lo hizo con la indudable intención de acabar con su vida”, lo que ocurrió debido al traumatismo craneoencefálico con hemorragia intracraneal que le causó.

De igual forma, el Jurado ha considerado de forma unánime que el imputado era consciente de la movilidad reducida que sufría la víctima, lo que impidió defenderse a la anciana, una circunstancia que “aprovechó para conseguir una mayor facilidad en la comisión del delito”.

El Ministerio Fiscal ha corroborado su petición de una pena de 14 años de cárcel para el imputado por un delito de homicidio con un agravante de superioridad que, según su defensa, no ha quedado probada, de ahí que haya solicitado la imposición de la mínima pena disponible por un delito de homicidio.

Los legítimos herederos de la fallecida, su marido y sus dos hijas, han renunciado a cualquier indemnización que pudieran reclamar al procesado por estos hechos y el Jurado se ha mostrado contrario a que se suspenda la ejecución de pena privativa de libertad para el procesado a la espera de que no vuelva a delinquir en un plazo determinado.

De igual forma, el tribunal ha rechazado por unanimidad que se solicite al Gobierno su indulto.

Etiquetas
stats