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Ratificada la condena al Servicio Canario de la Salud por la muerte de un bebé al no practicar a tiempo una cesárea

Hospital Nuestra Señora de La Candelaria, en Tenerife

Europa Press

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el Servicio Canario de Salud (SCS) contra una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Número 5 de Las Palmas de Gran Canaria que le condena por la muerte de un bebé en marzo de 2019 en el Hospital de La Candelaria (Tenerife) por no realizar a tiempo una cesárea de urgencia.

El SCS ha sido condenado a pagar a la familia algo más de 180.000 euros en concepto de indemnización por daños morales.

La sentencia, hecha pública por la Asociación Defensor del Paciente --la defensa de la causa la ha ejercicio el letrado José Antonio Betes--, admite que el parto no llevaba un proceso “regular” y que se debió hacer la cesárea horas antes, rechazando el criterio de “pérdida de oportunidad” que defiende el SCS.

Defensor del Paciente sostiene que la indicación de cesárea urgente se hizo dos horas después de la aparición de patrones no tranquilizadores de la frecuencia cardiaca fetal, que obligaban a analizar muestras de sangre fetal para descartar o comprobar hipoxia y en su caso practicar esa cesárea.

El TSJC apunta que los facultativos debieron practicar prueba de PH de sangre fetal para descartar sufrimiento o hipoxia, cuestión avalada por los peritos que entienden que se podía haber evitado el fallecimiento.

Además, no considera “desproporcionado” el importe fijado en la indemnización y deja “acreditado el necesario nexo causal entre el daño sufrido por la paciente y el mal funcionamiento de los servicios sanitarios”.

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