El Supremo confirma la condena de 12 años de cárcel a un hombre acusado de violar en repetidas ocasiones a su exmujer
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) mantiene la pena de doce años y medio de prisión para un hombre que violó en repetidas ocasiones a su exmujer utilizando somníferos mientras la grababa con el móvil.
Del total de la condena, ratificada ahora, tres años y medio corresponden a un delito continuado contra la intimidad y otros nueve por abusos sexuales llevados a cabo anulando la voluntad de la víctima mediante fármacos.
Además, se le impone el agravante de parentesco y la obligación de pagar 15.000 euros a su expareja en concepto de indemnización.
La Fiscalía pedía 32 años de cárcel por cinco delitos distintos, entre otras penas, mientras que la defensa solicitaba la absolución.
La sentencia del Supremo va en el mismo sentido que las emitidas por la Audiencia Provincial y el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), ambas en el año 2021.
El matrimonio había terminado tras 24 años de relación y cuando se separaron decidieron seguir conviviendo en la misma casa con sus dos hijos.
Los hechos salieron a la luz después de que la mujer denunciara a su exesposo por amenazas. Este fue trasladado a la comisaría donde, en tono jocoso, enseñó a varios policías uno de los videos grabados con el móvil a fin de desacreditar a la mujer.
Tras ver las imágenes, los agentes intervinieron el teléfono y a partir de entonces fue cuando salieron a la luz otras grabaciones de contenido aún más duro.
Las sucesivas sentencias dan por probado que, en al menos cinco ocasiones en 2018 y principios de 2019, tuvieron lugar estos abusos, tal y como demostrarían las grabaciones.
La defensa mantuvo durante todo el proceso que se había incurrido en una intromisión en la intimidad del hombre y que se rompió la cadena de custodia cuando se extrajeron las imágenes del móvil propiedad del acusado sin su consentimiento.
Su abogado pidió la anulación de la totalidad del volcado y análisis del contenido del teléfono al considerar que iba en contra del derecho a la intimidad de su cliente y argumentaron que durante el juicio, en el que intervinieron siete policías, se produjeron contradicciones entre ellos sobre si la extracción de la grabaciones se había hecho en La Palma o como debería haber ocurrido en Tenerife.
Los análisis de orina para demostrar que la mujer era consumidora habitual de este tipo de pastillas dieron un resultado negativo por lo que, según la sentencia, quedó demostrado que el hombre suministró en diversas ocasiones somníferos y tranquilizantes que anulaban de forma profunda la voluntad de su exesposa y era entonces cuando llevaba a cabo los abusos, en algunas ocasiones de forma plena, que además quedaron grabados.
En definitiva, el TS concluye ahora que todas las alegaciones del acusado deben ser rechazadas y por el contrario da por válido que a la mujer se le impidió ejercer su derecho a la libertad sexual, tal y como se comprobó durante el visionado de las imágenes.
En las mismas se aprecia el estado de somnolencia profunda en el que se encuentra como resultado de la ingesta de medicamentos facilitados por el condenado sin que su exmujer lo supiera y en consecuencia sin dar su consentimiento.
El fallo del TS es firme y por lo tanto nada impide que se cumpla la totalidad de la pena, aunque el hombre permanece en prisión desde el año 2019, cuando salieron a la luz los hechos.
La sección V de la Audiencia Provincial de Tenerife se desplazó en dos ocasiones en 2021 a La Palma para celebrar los juicios, dado que la vista se tuvo que dividir por distintas cuestiones en el procedimiento.
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