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El juzgado de cláusulas abusivas de Santander dictó 337 sentencias en el tercer trimestre del año

Protesta contra los desahucios

elDiario.es Cantabria

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El Juzgado de Primera Instancia número nº 2 de Santander, encargado en Cantabria en exclusiva de los asuntos de cláusulas suelo y gastos hipotecarios, ha dictado 337 sentencias en el tercer trimestre del año y un total de 1.182 desde que se puso en funcionamiento en junio de 2017, según los datos aportados por el Consejo General del Poder Judicial.

Entre julio y septiembre, este juzgado ha ingresado 1.222 asuntos y ha resuelto 390, lo que supone una tasa de resolución del 31,9%, 11 puntos menos que la media nacional (43%).

Desde que entró en funcionamiento, en este órgano judicial han entrado un total de 6.048 asuntos y se han resuelto 1.403, un tasa de resolución del 23,2%, por debajo de la media nacional que se coloca en el 24,3%, según los datos del CGPJ, consultados por Europa Press.

En el tercer trimestre la tasa de resolución fue igual o superior al 50 por ciento en diez de las 17 Comunidades Autónomas, destacando la de La Rioja (143,4%) y Castilla-La Mancha (84,9%). También están en este grupo Aragón, Asturias, Canarias, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Extremadura, Murcia y Navarra.

Por debajo de la media nacional se sitúan Andalucía, Baleares, Cantabria, Cataluña, Galicia y Madrid. La comunidad catalana es la que tuvo la tasa de resolución más baja de todo el territorio nacional en el tercer trimestre del año: un 27,8%. También es la que tiene la tasa de resolución más baja desde la entrada en funcionamiento de los Juzgados especializados: un 12,7%.

Casi 15.000 sentencias en el tercer trimestre

En el conjunto de España, el número de sentencias dictadas en el tercer trimestre del año por los Juzgados especializados en cláusulas suelo fue de 14.998, de las que el 96,7% -un total de 14.499- fueron favorables al cliente.

Estos juzgados, que entraron en funcionamiento el 1 de junio del año pasado, conocen de asuntos que se refieren, entre otros, a cláusulas suelo, vencimiento anticipado, intereses moratorios, gastos de formalización de hipoteca o hipotecas multidivisa.

En total, y desde su puesta en marcha, estos órganos judiciales han dictado 55.528 sentencias, de las que 53.935 -el 97,1%- han sido favorables a los clientes.

Pese a que el tercer trimestre cuenta con solo dos meses hábiles -agosto no lo es en la jurisdicción civil-, los juzgados especializados resolvieron en ese periodo 18.967 asuntos, lo que arroja una media de 9.483 por mes, frente a los 22.294 resueltos en el tercer trimestre (en el que la media fue de 7.431 por mes, ya que los tres meses eran hábiles).

Los asuntos que entran en los juzgados especializados también pueden concluir por auto final o decreto cuando, por ejemplo, se acumulan en un solo procedimiento varias demandas referidas a distintas cláusulas de la misma hipoteca o se produce la renuncia o el desistimiento de una de las partes. De este modo, la cifra de asuntos resueltos en el tercer trimestre del año -por sentencia, auto final o decreto- ascendió a 18.967. La cifra de asuntos ingresados en el periodo ascendió a 44.121.

Además del incremento del número de sentencias, los datos “confirman la consolidación del descenso en el ingreso de asuntos”: en términos interanuales, los 44.121 ingresados entre los pasados 1 de julio y 30 de septiembre suponen un 26,5 por ciento menos respecto a los 60.059 que tuvieron entrada en los Juzgados especializados en el mismo periodo de 2017. En lo que va de año también se observa ese descenso: hubo 60.618 asuntos ingresados en el primer trimestre y 49.878 en el segundo frente a los 44.121 del tercero.

La tasa de resolución a nivel nacional en el tercer trimestre del año ha alcanzado el 43 por ciento, y desde la puesta en marcha de los juzgados especializados el 1 de junio de 2017 es ya del 24,3 por ciento, lo que supone 4,2 puntos porcentuales más que a 30 de junio de 2018, cuando era del 20.1 por ciento.

Esa tasa -que es el cociente entre el número de asuntos resueltos y el de asuntos ingresados en un periodo determinado- pone en relación el volumen de entrada con la capacidad resolutiva del órgano judicial.

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