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Convocadas ayudas por 231.000 euros para protección de bienes civiles del Patrimonio Cultural de Cantabria

Archivo - Antiguo Hospital Militar de Santoña

ALFE

SANTANDER —

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SANTANDER, 12 (EUROPA PRESS)

La Vicepresidencia y Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte ha publicado la convocatoria de concesión de subvenciones para la protección de bienes inmuebles civiles integrantes del Patrimonio Cultural de Cantabria, con una cuantía global para este año de 231.229 euros.

Entre los bienes que se incluyen en esta convocatoria figuran aquellos declarados Bien de Interés Cultural (BIC), Bien de Interés Local o Catalogado (BIL), los bienes inventariados incorporados al Inventario General y los que formen parte de un Conjunto Histórico.

Tal y como se recoge en la orden que publica hoy el Boletín Oficial de Cantabria, la cuantía individual de cada solicitante no podrá superar el 50% de la actividad ni la cantidad de 30.000 euros. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles.

De acuerdo con las bases reguladoras de estas ayudas que fijan los requisitos de esta convocatoria y publicadas en el BOC el pasado 27 de abril, dentro de las actividades subvencionables figuran la conservación y restauración de los inmuebles.

Como obras de conservación y mantenimiento se consideran el retejado, la reposición o la reparación del material final del cubrimiento; la reparación de elementos exteriores; el cambio o la reparación de las carpinterías exteriores; la reparación o sustitución de piezas funcionales, no estructurales; la limpieza de elementos; y la retirada de elementos disconformes con los valores del bien.

Por su parte, como trabajos de restauración se incluyen las obras de reparación, refuerzo o de reposición del sistema estructural; la reparación, consolidación o reconstrucción de muros; el encintado y el tendido de revocos de mortero tradicionales; así como la recuperación y reparación de los pavimentos, los elementos decorativos y de aquellas infraestructuras o instalaciones que posibiliten la funcionalidad de los elementos productivos tradicionales.

Podrán beneficiarse de estas ayudas las personas físicas, comunidades de bienes, comunidades de propietarios y personas jurídicas privadas, sin ánimo de lucro, que sean propietarias o poseedoras legítimas de los inmuebles.

En cuanto a los criterios de valoración para la concesión de estas subvenciones, se tendrá en cuenta la clasificación del bien inmueble, la gravedad de las patologías, el grado de adecuación de las obras propuestas al objetivo a cumplir y la ubicación del inmueble en zonas rurales en riesgo de despoblamiento.

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