Condenado a 22 años y medio de prisión el hombre que mató a su mujer en la Puebla de Almoradiel
22 años de prisión y seis meses es la condena que ha fallado la Audiencia Provincial de Toledo para D.D.M, el hombre que asesinó a su mujer en la Puebla de Almoradiel en enero de 2020. Se le condena por delitos de asesinato consumado con agravante de parentesco y de género, aunque con atenuante de confesión. Además, tiene prohibido ver y acercarse a sus hijos a menos de 500 metros durante 35 años y deberá pagar a cada uno de los menores una indemnización de 200.000 euros. Ante la sentencia se puede presentar recurso de apelación y el culpable deberá pagar también las costas del proceso judicial. El jurado lo declaró culpable el pasado 11 de noviembre.
D.D.M fue privado de libertad el día 24 de enero, tres días después de que ocurriesen los hechos. Fue el 21 de enero cuando apuñaló a su exmujer, de quien se divorció en 2011. Todo “sin que la víctima tuviese posibilidad alguna de defenderse”, según rezaba el escrito de la Fiscalía. Le asestó varias puñadas en el tórax, antebrazo, en la pierna izquierda y en ambas manos. Todo ocurrió frente a la hija, de trece años, según el escrito del Ministerio Fiscal. El juicio se realizó finalmente a puerta cerrada, para proteger la intimidad de los menores.
La sentencia de la Audiencia Provincial relata cómo el autor del asesinato llamó al 112 diciendo que “había matado a su mujer” y rehusó cualquier ayuda porque “no quería ayuda, que se muriera”. “Esta llamada fue para comunicar que había matado a su mujer y entregarse a las autoridades, preguntando si iba a venir alguien de parte del cuartel, quedándose en casa a la espera de ser detenido”. Ante los hechos, la Fiscalía pedía una pena de 25 años de prisión, además de la inhabilitación absoluta del tiempo de la condena y privación de la patria potestad de sus hijos menores. También, pedían la prohibición de aproximación y comunicación, así como de su tutora F.E.M.
Agravante de género: “Se iba con moros y negros”
En cuanto al agravante de género, la sentencia de la Audicencia señala que se el clima de “dominación, control o humillaciones” manifestadas por el asesino, deberá “deducirse” de las expresiones de D.D.M. También se estudian las reacciones violentas, presuntas infidelidades, sentimiento de control y pertenencia, dominación o condenas anteriores.
Para el Jurado estaba “acreditado” que el acusado actuó contra L.M “en razones de dominación o humillación a la mujer o en un sentimiento de posesión hacia la mujer o por considerar a la mujer inferior, no respetando su voluntad o su libertad , por el hecho de ser mujer”. Los testimonios de la hija y de su vecina, manifestaron que D.D.M aseguró que “se lo merecía”.
En una llamada hecha a la vecina, que se reprodujo durante el juicio, se ponía de manifiesto “de forma clara” la “intención de dominación, de control sobre la víctima, de pertenencia o posesión de la misma”. “Se iba con moros y negros y se lo restregaba en la cara”, aseguró a la vecina.
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