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Trece municipios de Castilla-La Mancha se mantienen con las medidas más restrictivas por los contagios de coronavirus

Desinfección en Miguelturra

Francisca Bravo Miranda

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La semana comienza en Castilla-La Mancha con una docena de municipios que se mantienen en los niveles más altos de restricciones contra los contagios por coronavirus. Algunos pequeños, como Villagarcía del Llano en Cuenca que no llega a los 800 habitantes, mientras que otros se encuentran entre los más poblados de la región, como Valdepeñas.

La consejería de Sanidad decretó las medidas de nivel 3 en la localidad ciudadrealeña, debido al número de contagios acumulados en las semanas epidemiológicas 48 y 49, entre el 23 de noviembre al 6 de diciembre, que llegaron a 118 casos, con una incidencia acumulada de 392,3 casos por cada 100.000 habitantes. De este modo, se declaraba el municipio en un escenario de transmisión comunitaria y “claramente” por encima de los umbrales de alerta establecidos en la región, que lo limitan a 200 casos por cada 100.000 habitantes o a 10 casos semanales.

Bastante más preocupante es la situación en Horche (Guadalajara), donde se decretaron las medidas de nivel 3 el pasado 10 de diciembre. Con una población de poco más de 2.500 personas, la incidencia acumulada de las dos semanas llega a casi los 2.000 casos por cada 100.000 habitantes, con un total de 48 casos declarados en el municipio de Guadalajara. El nivel 3 debió prorrogarse en la localidad conquense de Ledaña que con poco más de 1.500 habitantes registró en las últimas dos semanas epidemiológicas una tasa de incidencia acumulada de 3.390,9 casos por 100.000 habitantes, con un total de 53 casos.

Sanidad decretó medidas de nivel 3 en Miguelturra (Ciudad Real) ya a finales de noviembre, y se han ido prorrogando debido a que la incidencia del virus en la localidad no ha bajado. De hecho en las últimas semanas epidemiológicas se ha declarado un total de 113 casos de COVID-19 lo que supone una tasa de incidencia acumulada en los últimos 14 días de 735,3 casos/100.000 habitantes. En la provincia de Ciudad Real se ha sumado este martes 15 de diciembre la localidad de La Solana con una tasa de incidencia acumulada en los últimos 14 días de 478,1 casos por cada 100.000 habitantes.

El resto de las localidades con las medidas son Arcicóllar, Bargas, Ajofrín y Orgaz, en la provincia de Toledo, Villarta de San Juan, en Ciudad Real, Iniesta y Quintanar del Rey, en Cuenca.

Todas las restricciones de las medidas de nivel 3

Las más sonadas entre las medidas más restrictivas de Castilla-La Mancha son las que suponen el cierre del interior de bares, restaurantes y la hostelería. Pero no son las únicas, como detalla la consejería:

  • Cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.
  •  Se suspende la actividad en el interior del local en bares, restaurantes y resto de establecimientos de hostelería, así como en establecimientos considerados como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos y locales específicos de apuestas en los que pueda existir servicio de hostelería asociado a su actividad. Quedan exceptuados de esta medida aquellos locales y establecimientos que en virtud de sus especiales características presten un servicio que se pueda considerar esencial o no sustituible: Para estos supuestos, queda suspendido el servicio en barra y su aforo máximo se establecerá en un tercio del fijado habitualmente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.
  • Servicios de hostelería de hospitales y clínicas, para uso de usuarios y profesionales.
  • Servicios de hostelería y restauración de establecimientos hoteleros, para uso exclusivo de los clientes alojados en los mismos
  • Servicios de hostelería y restauración situados en empresas y lugares de trabajo, para uso exclusivo a empleados.
  • Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 50 por ciento del máximo que tuvieran establecido previamente, con distancia de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación. 
  • Ocupación máxima de 6 personas por mesa o agrupación de mesas. 
  • Cierre de bares, pubs, cafeterías, establecimientos de restauración y similares a las 23:00 horas.
  • Para garantizar el control de aforo y el mantenimiento de las medidas de seguridad, en establecimientos de hostelería queda prohibido el servicio a las personas usuarias que no se encuentren sentadas en las mesas dispuestas a tal efecto, tanto en el interior del local como en terraza, así como el consumo de comidas y bebidas fuera de estas. 
  • Las celebraciones posteriores a eventos como bodas, comuniones, bautizos y otros de similares características en locales de hostelería y restauración tendrán limitado su aforo a 60 personas en espacio abierto. Si estas celebraciones posteriores se llevan a cabo en otro tipo de instalaciones, no se podrá superar el número máximo de 6 personas. Se deberá garantizar el resto de las medidas recogidas en la regulación en vigor siempre garantizando el resto de las medidas recogidas en la regulación en vigor. 
  • En establecimientos considerados como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos y locales específicos de apuestas se limitará el aforo máximo al 30 por ciento del establecido.

Centros socio-sanitarios

  • Suspensión cautelar de la actividad en los Centros de Día de personas mayores y personas con discapacidad y de servicios de estancias diurnas de personas mayores. 
  • Suspensión de visitas sociales en residencias de mayores, centros para personas con discapacidad grave, viviendas tuteladas de mayores y centros sociosanitarios en los que residan personas consideradas vulnerables. La entrada en estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario. Las viviendas supervisadas y las viviendas para personas con discapacidad quedan exceptuadas del cumplimiento de esta medida, pero deberán observarse todas las medidas preventivas generales (distanciamiento, uso de mascarillas, uso de soluciones hidroalcohólicas, y resto de medidas de prevención de posibles contagios).
  • No se permitirán salidas salvo razones de fuerza mayor en residencias de mayores y viviendas de mayores. A su regreso deberán permanecer en cuarentena durante el periodo que esté establecido en los protocolos en vigor en ese momento. Sí se podrá permitir el abandono definitivo o traslado temporal a domicilio familiar, siempre por un periodo superior al de vigencia de las medidas especiales en el municipio (es decir, no podrá retornar al centro mientras dichas medidas se encuentren en vigor), y previa realización de pruebas diagnósticas según lo establecido en la regulación previa y autorización de la autoridad sanitaria competente. 
  • En otros centros residenciales sociosanitarios de personas con discapacidad, menores, personas con TMG.., estarán permitidas las salidas siempre que la persona no sea sospechosa o presente síntomas compatibles con Covid-19 y que el centro se encuentre libre de COVID en ese momento. Los responsables del centro deberán valorar la necesidad o conveniencia de que estas salidas se realicen acompañados por un profesional del centro. 
  • Los trabajadores que tras un periodo vacacional o de ausencia de su puesto de trabajo superior a una semana se incorporen a residencias sociosanitarias y viviendas tuteladas/supervisadas u otros dispositivos residenciales sociosanitarios se les realizará como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID-1.

Actividades religiosas de ámbito social

  • Velatorios y ceremonias: un máximo de 6 personas. 
  • Eventos sociales, como bodas y bautizos: se limita la permanencia de personas en lugares de culto en espacios cerrados mediante la fijación del 40 por ciento de aforo y en espacios al aire libre deberá garantizar la distancia de seguridad interpersonal y el resto de la normativa higiénico sanitaria sobre prevención y contención del COVID-19, no debiendo superar el número máximo de 100 personas. 

Consumo de alcohol 

  • Se reforzarán los controles para impedir el consumo de alcohol que no estuviera autorizado y otras actividades no permitidas en la vía pública. En este sentido, la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha y la autoridad aplicarán rigurosamente las sanciones correspondientes. 
  • El Ayuntamiento aumentará la vigilancia para detectar y sancionar estos comportamientos y actividades.

Medidas complementarias

  • Espectáculos u otros eventos: suspensión de actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos, eventos culturales, deportivos, taurinos u otros que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas.
  • Eventos deportivos: las competiciones de ámbito federativo podrán celebrarse sin la presencia de público, y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso. Se podrán celebrar competiciones deportivas no federadas siempre que no se supere el grupo máximo de 6 personas.
  • Las visitas guiadas a monumentos y lugares de interés cultural verán limitado el tamaño máximo de los grupos a 6 personas.
  • Escuelas deportivas, municipales y de cualquier otra titularidad, academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada: disminuirán su aforo máximo al 50 por ciento del habitual.
  • Cines, teatros y auditorios: cierre cautelar.
  • Bibliotecas y museos: cierre cautelar.
  • Congresos, seminarios, y actividades de índole similar: se podrán celebrar siempre que no se supere el número máximo de 6 personas. 
  • Hoteles: sólo podrán contratar el 50 por ciento de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 25 por ciento.
  • Instalaciones deportivas de cualquier titularidad: el aforo máximo será del 20 por ciento en espacios interiores y del 50 por ciento en espacios exteriores.
  • Piscinas municipales y otras instalaciones recreativas: cierre de este tipo de instalaciones de uso público, independientemente de su titularidad.
  • Mercadillos y mercados al aire libre: mercadillos y mercados al aire libre deberán limitar el número de puestos instalados a 1/3 del previamente establecido. Se deberá asegurar una distancia de seguridad entre puestos de al menos 4 metros.
  • Parques, jardines y espacios públicos de características similares: cierre cautelar durante el horario comprendido entre las 22:00 y las 08:00 horas. Durante su apertura se supervisará el mantenimiento de las medidas de prevención y protección individual adecuadas. 
  • En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénico-sanitarias, limitando el número de personas en cada momento de acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros dentro del establecimiento. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento. Los locales comerciales, incluyendo supermercados y centros comerciales, limitarán su aforo a un tercio del máximo.
  • Autobuses urbanos y taxis: se limitará al 50 por ciento la ocupación de autobuses urbanos y taxis. Se procurará aumentar la frecuencia de los horarios de autobuses para evitar aglomeraciones

Grupos

  • Se recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable.
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