Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

Castilla y León prorroga hasta el 10 de agosto la alerta por riesgo de incendios forestales

Imagen de archivo de un incendio forestal.

EFE

0

La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio ha prolongado la alerta de incendios forestales por incremento de riesgo meteorológico para el día 10 de agosto en Castilla y León, ante la previsión de que se mantenga la entrada de masa de aire caliente en altura y las temperaturas puedan alcanzar de 36 a 39 grados en algunos puntos de la comunidad, según ha informado en nota de prensa.

De esta manera, la Consejería establece medidas preventivas y organizativas contempladas en la Orden por la que se regula el uso del fuego y se prohíbe realizar trabajos en el monte y franja de 400 metros de terreno rústico que lo circunda con maquinaria que genera, como consecuencia de su funcionamiento habitual, deflagración, chispas o descargas eléctricas. 

La entrada de la masa de aire caliente en altura continuará sobre la comunidad el día 10 de agosto, lo que provocará un incremento notable de las temperaturas tanto máximas como mínimas, con temperaturas previstas de 36 a 39 grados en ciertas zonas de la comunidad.

Esas máximas irán acompañadas con humedades relativas mínimas del 5-10 por ciento en casi toda ella y rachas de viento superiores a los 40 km/h en algunas zonas.

Estas condiciones generarán un empeoramiento progresivo de las condiciones de humedad del combustible, de carácter acumulativo, que implicará un incremento claro del peligro de incendios forestales.

Prohibiciones y precaución para población y trabajos

La resolución de Medio Ambiente prohíbe encender fuego en el monte en todo tipo de espacios abiertos, así como en zonas recreativas y de acampada, incluso en las zonas habilitadas para ello, así como el uso de barbacoas en espacios abiertos. 

También suspende las autorizaciones de uso del fuego y de fuegos artificiales; y prohíbe el uso de maquinaria que en su funcionamiento habitual despide chispas como sopletes, soldadores, radiales en el monte y franja de 400 metros de terreno rustico que lo circunda.

En cuanto a la utilización de maquinaria tipo cosechadora o empacadora, se deberá suspender en los momentos en que la temperatura sea superior a 30 grados y la velocidad del viento supere los 30 kilómetros por hora. 

No obstante, se recomienda posponer las labores no urgentes y mantener la máxima precaución y, en todo caso, es necesario tener a mano los medios de extinción y el personal suficientes para controlar los posibles incendios que se puedan originar como consecuencia de la labor.

Asimismo, se solicita a la población que, además de extremar las medidas de prudencia, tenga la máxima precaución en sus actividades al aire libre, primando su seguridad, la de los demás habitantes y sus bienes, y la del monte. Y ante posibles incendios forestales, se recuerda que debe llamarse al 112.

Etiquetas
stats