La Fiscalía pide por primera vez inhabilitar a un médico por discriminar a un portador de VIH

Acusación pionera del servicio contra los delitos de odio y discriminación de la Fiscalía de Barcelona contra un médico y su clínica estética por denegar una intervención quirúrgica a un hombre por el único motivo de ser portador del virus de la inmunodeficiencia adquirida (VIH). El fiscal Miguel Ángel Aguilar pide inhabilitar tres años y una indemnización de 2.500 euros al facultativo que negó un implante capilar a un varón que previamente había comunicado que era portador del VIH.

La discriminación que sufren las personas con VIH afecta a varios aspectos de sus vidas, como el laboral o incluso para suscribir un seguro de vida o una hipoteca. El estigma llega incluso a ejercerse en ocasiones por parte de profesionales de la salud, lo que a su vez genera más dificultades para avanzar hacia la erradicación de la enfermedad, según han alertado expertos en bioética.

El caso que se juzgará en Barcelona en los próximos meses es novedoso. Según relata el fiscal en su escrito de acusación, la víctima acudió en octubre de 2018 a una clínica estética de la capital catalana interesado en un implante capilar. Durante la visita el hombre expuso que es portador del VIH y que recibía de forma regular tratamiento antirretroviral, siendo su carga viral indetectable.

El facultativo, que es el director médico de la clínica estética y responsable en última instancia de decidir sobre si se practica una cirugía, y su hija, gerente de la misma, rechazaron realizar el implante capilar “omitiendo cualquier comprobación o estudio del paciente”, indica el fiscal. Ambos responsables de la clínica, abunda el fiscal, únicamente escribieron un correo electrónico al hombre en el que le comunicaban su negativa a la operación “sin ofrecerle explicación alguna y aduciendo 'razones de política empresarial'”.

Todo ello pese a que la intervención quirúrgica de implante capilar en el estado del hombre “no entrañaba ningún riesgo añadido respecto a los que puedan acontecer en la población en general ni para el propio paciente ni para los profesionales responsables de su realización”, destaca el fiscal. En otras palabras, que lo discriminaron por ser portador del VIH.

La actuación de la clínica y de sus dos responsables supone, para el fiscal, un delito contra los Derechos Fundamentales en su modalidad de denegación de una prestación de una actividad empresarial. Por ello pide para ambos responsables tres años de inhabilitación para ejercer de médico y de gerente de empresas sanitarias respectivamente, así como que abonen una indemnización de 2.500 euros por daños morales a la víctima.