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La ley 24/2015 al Constitucional: ¿Gobernar contra la pobreza o contra las personas empobrecidas?

Jordi Mir Garcia / Paula Veciana

Cuando pensadores y políticos liberales del siglo XIX, que se enfrentaban al poder político de su sociedad en nombre de la libertad y conseguían que determinados derechos se extendieran, decían estar preocupados por la democracia, por lo que podía significar que un día el conjunto del pueblo gobernara... ¿Qué decidiría la mayoría, excluida, si un día tenía esta capacidad?

El Gobierno en funciones del Partido Popular, justo cuando están a punto de convocar unas nuevas elecciones, acaba de enviar al Tribunal Constitucional una parte de la ley 24/2015 destinada a hacer frente a los desahucios y la pobreza energética. Esta ley se aprobó por unanimidad en el Parlamento de Cataluña gracias a una Iniciativa Legislativa Popular impulsada por la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), la Alianza contra la Pobreza Energética (APE) y el Observatorio DESC. Es decir, una ley que no existiría si no fuera por la movilización social que la llevó hasta el Parlamento. Antes de su aprobación no disponíamos de nada que se pueda equiparar para evitar que las personas que están en riesgo de perder su hogar encuentren una alternativa habitacional y para evitar que las compañías de luz, gas y agua les corten los suministros básicos.

Soraya Sáenz de Santamaría, la vicepresidenta del gobierno, ha hecho el anuncio. Ella misma se emocionó hace meses cuando presentaba un acuerdo para poner a disposición de las personas que lo necesitaran un parque de viviendas facilitadas por entidades financieras. Desde entonces, sin embargo, no han dejado pasar ninguna ley hecha por un gobierno autonómico que quisiera detener los desahucios: en Andalucía, en Canarias, en Navarra, el País Vasco, en Catalunya…

Hoy el Consejo de Ministros dice de la ley:

“El artículo 7 hace referencia a la cesión obligatoria de viviendas y constituye una transferencia coactiva y temporal de la titularidad de la vivienda que incide en el derecho de propiedad que reconoce el artículo 33 de la Constitución. Supone, además, una discriminación arbitraria de las personas jurídicas o grandes tenedores de vivienda, a las que se imponen obligaciones más gravosas. Esta normativa genera un daño especial a una clase de entidades que forman parte del sistema financiero.”

Deberíamos recordar que la Constitución podría estar respondiendo al Gobierno del PP cuando establece en su artículo 128 que “Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general”. Y la Constitución también reconoce en su artículo 47 un derecho a la vivienda que ahora mismo no está siendo garantizado: “Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes público”.

Hay que reconocer que ha sido la movilización social y la desobediencia civil la que ha permitido que actores como la PAH lleguen donde las instituciones públicas no lo hacen y hay que reconocer que en el modelo de sociedad que nos hemos dado esto no es lo que se espera. Son los representantes públicos y los recursos del estado los que deben garantizar estos derechos. Si no es así tenemos que hablar de estado fallido, de gobiernos que no cumplen con la Constitución... Podemos entender la disputa competencial entre administraciones, la discusión sobre las maneras de proceder, el debate económico que puede existir... Pero es difícil de entender y explicar que un gobierno, 9 años después del origen de la crisis económica, no haya desarrollado medidas significativas para hacer frente al empobrecimiento de amplios sectores de su sociedad. El problema no es la discusión sobre las competencias. El problema es la falta de voluntad política para no legislar desde el gobierno central para hacer frente a la pobreza. El problema es, también, que en demasiadas ocasiones el gobierno ha menospreciado las voces que señalan, que alertan de la pobreza. Una pobreza que no es nueva, que no apareció en este periodo de crisis económica, pero que va creciendo.

La situación social en España no ha dejado de empeorar en los últimos años. En 2014, el último dato de la que disponemos, el 29,2% de la población en España y el 26% en Cataluña se encontraba en riesgo de pobreza o exclusión social. Estas personas son aquellas que disponen de unos ingresos que se consideran por debajo del umbral de pobreza (60% de la renta mediana), tienen privaciones materiales severas o viven en hogares llamadas con baja intensidad de trabajo (los miembros trabajan menos del 20% de su potencial anual). El total de lanzamientos recibidos por el Tribunal Superior de Justicia ha sido en los últimos 8 años de 448.324 casos en España, de los cuales, 68.274 han producido en Cataluña. El lanzamiento o desalojo forzoso se produce cuando se exige el cambio de titularidad de una vivienda, en cumplimiento de una orden judicial de embargo o desahucio. Este dato incluye todo tipo de inmuebles (locales, vivienda sin distinguir si es el principal...) de personas físicas y jurídicas. Se puede ver en el gráfico como el número de lanzamientos ha aumentado hasta el año 2012 y a posteriori se ha estancado, pero no se aprecia una disminución.

La ley 24/2015 no es la solución para todas las personas que están en situación de riesgo de pobreza o que han caído en ella, pero en estos meses lo ha sido para muchas. En los meses que lleva en vigencia ha sido un instrumento a reivindicar ante las instituciones o las empresas y a utilizar para evitar desahucios, conseguir realojos, imposibilitar el corte desde suministros... Disponemos de un parque grande de viviendas que después de la creación de la SAREB, el banco malo, y la inyección de recursos públicos que han socializado las pérdidas de las entidades financieras privadas; disponemos de empresas energéticas que obtienen grandes beneficios de su negocio... ¿No podemos practicar la distribución de la riqueza para evitar el dolor de las personas empobrecidas y garantizar derechos?

Ahora, cuando volvemos a estar ante una cita electoral, podríamos pensar en la necesidad de convertir en exigencia democrática, por ejemplo, un balance de la obra de gobierno atendiendo a la pobreza erradicada y la pobreza generada. Una democracia, el gobierno del pueblo, no se puede entender que gobierne contra el pueblo. Necesitamos disponer de análisis, estudios de impacto, que nos permitan valorar las políticas desarrolladas por el gobierno saliente que aspira a la reelección. Podemos asumir las dificultades para hacer frente a realidades duras, en periodos de crisis económica, desastres naturales... Pero no deberíamos asumir que, en una sociedad que se quiere democrática, los gobiernos no respondan ante las emergencias que sufrimos y deba ser la sociedad organizada la que lo hace, incluso teniendo que enfrentarse a sus propios gobiernos.

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