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Tres magistrados lamentan haber dejado “impune” una agresión sexual pese a condenar a 66 años de cárcel a un violador

El "violador del Eixample", condenado a 66 años, podrá pedir permiso a los cinco

Oriol Solé Altimira

Dos magistradas y un magistrado de la Audiencia de Barcelona han realizado un ejercicio de autocrítica a la actuación de la Justicia sobre una víctima de agresión sexual en la sentencia por la que imponen una condena ejemplar de 66 años de cárcel a su presunto agresor por otros cuatro ataques.

Francisco Javier Corbacho, conocido como el nuevo violador del Eixample, ha sido condenado este viernes a 66 años y 6 meses de prisión por cuatro delitos de agresión sexual (tres de ellos con agravante de reincidencia) y tres delitos de robo con violencia. El tribunal de la sección 21 de la Audiencia de Barcelona también le condena a pagar a las víctimas un total de 110.000 euros.

Del quinto de los delitos de los que estaba acusado, también de agresión sexual y robo con violencia, ha sido absuelto, al no haberse podido practicar la prueba preconstituida de la víctima, que no reside en España, y no disponer, por tanto, de su declaración en sede judicial. La mujer agredida era de nacionalidad estadounidense y regresó a su país sin que el juzgado le tomara declaración ni recabara sus datos para localizarla, aunque denunció la agresión a los Mossos d'Esquadra en 2015.

Los tres magistrados de la Audiencia critican la actuación tanto del juzgado de instrucción como de la Fiscalía. “Llama la atención que habiendo advertido la posible víctima de una agresión sexual que estaría en España hasta el 19 de diciembre de 2015, Fiscalía no interesa su declaración sino el 2 de mayo de 2016 y el juzgado no la acuerda sino hasta el 20 de junio de 2016. Demasiado tarde. Ni siquiera se le pidió que facilitara una dirección en Estados Unidos, lo que impidió que la pudiéramos citar para el acto del juicio”, escriben los togados.

Los tres magistrados consideran que “esto puede pasar en los Juzgados, no

deliberadamente, sino debido a la cantidad de trabajo que soportan“. No obstante, constatan que ”hemos desprotegido a una posible víctima de un delito de agresión sexual“.

“Tenemos la sospecha interna que este caso es igual que los anteriores. Tiene los mismos elementos: chica joven que de madrugada es abordada en el portal de su casa por el procesado que la obliga a practicarle una felación”, lamentan los magistrados, que se basan en los restos de semen en la ropa de la agredida y su denuncia inmediatamente posterior a la agresión. El condenado reconoció en el juicio haber practicado relaciones sexuales con la mujer, pero aseguró que fueron consentidas.

“Este caso concreto nos deja un sabor amargo al tener la sospecha de estar dejando impune un delito de agresión sexual y dejar desprotegida a una posible víctima de unos hechos tan graves y tan reprochables, porque además de todo son exponente de los actos que cosifican a la mujer al utilizarla como un objeto sexual a disposición del hombre, humillándola y haciéndole perder su dignidad”, concluyen los magistrados en su sentencia.

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