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La jueza multa al concejal de Badalona por impedir la requisa de carteles del 1-O pero no lo inhabilita

Téllez alegó que se apropió de material del 1-O para evitar "males mayores"

EFE

Barcelona —

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Una juez de Barcelona ha condenado a una multa de 4.380 euros al concejal de Guanyem Badalona José Téllez por desobediencia grave al apropiarse de carteles del 1-O que la policía local acababa de decomisar, si bien le exime de la pena de seis meses de cárcel e inhabilitación que pedía la Fiscalía.

En la sentencia, que es recurrible, la titular del juzgado penal número 7 de Barcelona condena a Téllez a una multa por la “gravedad” del “abuso de poder” que cometió, cuando aún era teniente de alcalde, al exigir a los agentes que devolvieran los carteles del 1-O que habían incautado a un grupo de independentistas y, ante su negativa, los cogió por su cuenta del vehículo policial y se los devolvió.

“No sólo faltó al respeto que merece un agente policial en el ejercicio de sus funciones, sino que se prevalió de su cargo para doblegar la voluntad de los mismos”, resalta la sentencia, en la que la juez argumenta que la pena de multa es “totalmente proporcionada”, por lo que rechaza imponerle los seis meses de cárcel y de inhabilitación que solicitaba la Fiscalía.

En el juicio, celebrado el pasado 10 de enero, Téllez afirmó que volvería actuar de la misma forma y que ese día, el 25 de septiembre de 2017, se limitó a hacer de “mediador” para evitar “males mayores” y “salvar” la imagen del cuerpo, ya que no quería que hubiese detenciones de civiles en Badalona a cinco días del 1-O.

La jueza descarta que el concejal estuviese amparado por actuar en defensa de la libertad de expresión y de los derechos civiles de los ciudadanos, ya que había una instancia de la Fiscalía que ordenaba identificar e incautar todo el material preparatorio y publicitario del 1-O. La magistrada descarta los argumentos de Téllez, que aseguró en el juicio que actuó como mediador y en defensa de los derechos civiles de los ciudadanos, y subraya que los derechos civiles “también estaban siendo defendidos por los agentes” de la Guardia Urbana.

En este sentido, la sentencia enfatiza que Téllez se “parapetó” en su cargo municipal y, “con un claro abuso de poder”, ordenó a los agentes que devolvieran el material intervenido “por entender que su autoridad era la única y legítima sobre los agentes de la policía local”, con lo que “comprometió” la actuación policial.

Ante esta situación, le condena a una pena de multa en virtud del artículo 556.1 del Código Penal, que no contempla la inhabilitación ya que castiga con una pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a dieciocho meses a los que desobedezcan gravemente a la autoridad o sus agentes en el marco de sus funciones.

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