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Condenada una aseguradora por mala praxis médica al tratar una fractura en Hellín

Imagen de archivo

elDiarioclm.es

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Hellín (Albacete) ha dictado una sentencia que condena a la Compañía Zúrich como aseguradora de una Clínica de Hellín a indemnizar a una paciente por las lesiones que presenta en su mano derecha “como consecuencia de una mala praxis médica”, según ha dado a conocer la Asociación 'El Defensor del Paciente' que, por decisión de la persona afectada, no ha dado a conocer la cifra indemnizatoria al considerar que “lo más importante es que se haya reconocido el daño mediante sentencia favorable”.

El caso se remonta a junio 2015, cuando la lesionada, de 40 años de edad en ese momento y residente en Albacete, sufrió una caída que le provocó la fractura de la primera falange del segundo dedo de su mano derecha. Tras la caída fue trasladada al Hospital de Hellín, donde se comprobó que la fractura no estaba desplazada, y donde se efectuó la inmovilización de la misma mediante la unión del segundo y el tercer dedo con una férula de metal y yeso.

Después de esta primera asistencia la paciente acudió a un centro médico privado de Hellín (Albacete) para continuar con el preceptivo tratamiento. Ese mismo día un facultativo de la referida clínica, “con infracción de los protocolos médicos”, explica 'El Defensor del Paciente', procedió a retirar la inmovilización anticipadamente y ocasionó con ello el desplazamiento de la fractura y la consecuente agravación del cuadro. De hecho, la paciente tuvo que someterse a dos intervenciones quirúrgicas, se le tuvo que implantar material de osteosíntesis y perdió movilidad articular con un ligero perjuicio estético.

Por estos hechos la paciente lesionada se dirigió a la Asociación 'El Defensor del Paciente', que a través de los letrados del despacho de 'Ignacio Martínez Abogados' interpusieron una demanda con el fin de que se reconocieran los hechos constitutivos de la deficiente asistencia sanitaria.

La sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Hellín, de fecha de 15 de enero de 2018, se considera que “...el tratamiento fue evidentemente deficiente, provocándole una serie de secuelas”. La misma resolución judicial obliga a la compañía Zúrich (como aseguradora) a indemnizar a la reclamante con una determinada cantidad, más los intereses y le impone las costas judiciales por estimación sustancial de la demanda. Contra la sentencia, cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Albacete.

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